Medidas de presentación de informes de información sobre inversiones extranjeras
Los departamentos comerciales de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior y las agencias pertinentes en las zonas piloto de libre comercio y las zonas nacionales de desarrollo económico y tecnológico son responsables de presentar información sobre inversión extranjera en sus regiones. Artículo 4 Los inversores extranjeros o las empresas con inversión extranjera deberán presentar información sobre inversiones al departamento de comercio competente a través del sistema de registro de empresas y el sistema nacional de divulgación de información crediticia empresarial.
El departamento de supervisión del mercado debe enviar rápidamente la información sobre inversiones antes mencionada presentada por inversores extranjeros y empresas con inversión extranjera al departamento de comercio competente.
El Ministerio de Comercio ha establecido un sistema de presentación de información sobre inversiones extranjeras para recibir y procesar rápidamente la información sobre inversiones impulsada por el departamento de supervisión del mercado y la información que disfruta el departamento. Artículo 5 La Administración Estatal de Regulación del Mercado coordinará y orientará la construcción del sistema nacional de registro de empresas y del sistema nacional de divulgación de información crediticia empresarial para garantizar la implementación de informes de información sobre inversiones extranjeras. Artículo 6 Las autoridades comerciales y los departamentos de supervisión del mercado de todos los niveles deben coordinar bien el trabajo. El departamento de comercio competente proporcionará orientación especial a los inversores extranjeros y a las empresas con inversión extranjera para que presenten información sobre inversiones. Artículo 7 Los inversores extranjeros o las empresas con inversión extranjera deberán presentar información sobre inversiones de manera oportuna, respetar los principios de veracidad, exactitud e integridad y no contener falsedades, engaños u omisiones importantes. Capítulo 2 Objeto, contenido y método de presentación de informes Artículo 8 Los inversores extranjeros o las empresas con inversión extranjera deberán presentar informes iniciales, informes de cambios, informes de cancelación e informes anuales y presentar información sobre inversiones de conformidad con estas Medidas. Artículo 9 Al establecer una empresa con inversión extranjera en China, los inversores extranjeros deberán presentar un informe inicial a través del sistema de registro de empresas al registrar el establecimiento de la empresa con inversión extranjera.
Si un inversionista extranjero adquiere una empresa nacional sin inversión extranjera en forma de capital, deberá presentar un informe inicial a través del sistema de registro de empresas cuando maneje el registro de cambio de la empresa adquirida. Artículo 10 Cuando un inversor extranjero presente un informe inicial, deberá presentar información como la situación básica de la empresa, la situación de los inversores y sus controladores reales, y el estado de las transacciones de inversión. Artículo 11 Si la información del informe inicial cambia e implica el registro (presentación) de cambio de empresa, la empresa con inversión extranjera deberá presentar un informe de cambio a través del sistema de registro de empresa al procesar el registro (presentación) de cambio de empresa.
Si no implica el registro (presentación) de cambio de empresa, la empresa con inversión extranjera deberá presentar un informe de cambio a través del sistema de registro de empresa dentro de los 20 días hábiles posteriores a que se produzca el cambio. Si una empresa toma una resolución sobre un cambio de conformidad con sus estatutos, el momento en que se toma la resolución será el momento en que se produzca el cambio, si las leyes y reglamentos tienen otros requisitos para las condiciones efectivas del cambio, el momento; cuando se cumplan los requisitos correspondientes será el momento en que se produzca el cambio.
Para las empresas que cotizan en bolsa con inversión extranjera y las empresas que cotizan en la Bolsa y Cotizaciones Nacionales de Valores, solo si el cambio en el índice de participación de los inversores extranjeros excede el 5% o resulta en un cambio en la participación extranjera y el control relativo. Estado, Informar cambios en los inversionistas y sus acciones. Artículo 12 Cuando una empresa con inversión extranjera presente un informe de cambios, deberá presentar información como cambios en la información básica de la empresa, información sobre los inversores y sus controladores reales, información sobre transacciones de inversión, etc. Artículo 13 Si una empresa con inversión extranjera cancela o se convierte en una empresa de capital nacional, después de procesar el registro de cancelación de la empresa o el registro de cambio, se considerará que ha presentado un informe de cancelación y la información relevante se enviará al comercio competente. departamento por el departamento de supervisión del mercado, y la empresa con inversión extranjera no necesita presentarlo por separado. Artículo 14 Las empresas con inversión extranjera deberán presentar el informe anual del año anterior a través del Sistema Nacional de Publicidad de Información Crediticia Empresarial del 1 al 30 de junio de cada año.
Las empresas con inversión extranjera establecidas en el mismo año deberán presentar informes anuales a partir del año siguiente. Artículo 15 Al presentar informes anuales, las empresas con inversión extranjera deberán presentar información como la información básica de la empresa, los inversores y sus controladores reales, las operaciones comerciales, los activos y pasivos, etc. Si se trata de medidas de gestión especiales para el acceso de la inversión extranjera, también se debe presentar información sobre la obtención de licencias industriales pertinentes. Artículo 16 El contenido específico del informe inicial, el informe de cambios y el informe anual se determinarán de acuerdo con el principio de necesidad, combinados con la situación real de la inversión extranjera y las regulaciones pertinentes sobre el registro de empresas y la divulgación de información empresarial, y se publicarán. por el Ministerio de Comercio en forma de anuncio. Capítulo 3 Intercambio de información, publicidad y corrección Artículo 17 Los departamentos de comercio competentes y los departamentos pertinentes establecerán un mecanismo de intercambio de información sobre inversiones extranjeras basado en las necesidades de presentación de información.
Salvo que las leyes y reglamentos administrativos dispongan lo contrario, la información sobre inversiones extranjeras obtenida por los departamentos pertinentes en el desempeño de sus funciones se compartirá con los departamentos de comercio competentes de manera oportuna. Artículo 18 La información sobre inversiones presentada por inversores extranjeros o empresas con inversión extranjera se divulgará al público de conformidad con el "Reglamento provisional sobre divulgación de información empresarial" o los inversores extranjeros y las empresas con inversión extranjera aceptan la divulgación, a través de la empresa nacional. sistema de divulgación de información crediticia e inversores extranjeros. El sistema de presentación de información sobre inversiones se divulga al público.