Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - Cuántos metros de cementerio tienen derechos legales.

Cuántos metros de cementerio tienen derechos legales.

No existe ninguna ley en nuestro país que estipule directamente cuántos metros deben reservarse alrededor de la tumba, pero la vida normal y las costumbres populares generalmente requieren que se reserven al menos de 1 a 3 metros, que pueden usarse para el culto normal. Además, si el terreno de cultivo al que pertenece una tumba es contratado por los descendientes directos y parientes cercanos propietarios de la tumba, ésta podrá ser libremente demarcada y determinada. Este es el derecho legal del contratista del terreno.

Según el proyecto de consulta que aún no se ha convertido en reglamento, de cara a la gestión de las instalaciones funerarias, existen estrictas restricciones en cuanto a la superficie de los cementerios, la altura de las lápidas y el servicio. período. El área de una tumba independiente para el entierro de cenizas no excederá de 0,5 metros cuadrados, y el área de una tumba conjunta no excederá de 0,8 metros cuadrados. El lugar de enterramiento de los restos (incluido el cementerio) no excederá los 4 metros cuadrados. La altura de la lápida desde el suelo no excederá los 0,8 metros. Los precios de las tumbas y los espacios en los cementerios y columbarios de bienestar público los fija el gobierno y se ajustan dinámicamente.

Sin embargo, las regulaciones anteriores no han sido revisadas formalmente y son solo un borrador para comentarios. En la actualidad, la superficie ocupada por las tumbas rurales está estipulada por los gobiernos populares de cada provincia, región autónoma y municipio directamente dependientes del Gobierno Central.

Base legal:

Reglamento de Gestión Funeraria

Artículo 11

Limitar estrictamente la superficie y vida útil de las tumbas del cementerio. Si el plan permite el entierro en tierra o las cenizas, el área y la vida útil de la tumba para el entierro de los restos o las cenizas serán estipuladas por el gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central en de acuerdo con los principios de conservación de tierras y no ocupación de tierras cultivadas.

Artículo 18

Cualquier persona que construya instalaciones funerarias y de entierro sin aprobación será prohibida por el departamento de asuntos civiles en conjunto con los departamentos de construcción y administración de tierras, y se ordenará que se restablezcan al original. estado, y las ganancias ilegales podrán ser confiscadas. Se impondrá una multa de no menos de 1 vez pero no más de 3 veces del ingreso ilegal.

Artículo 19 Si el área de una tumba excede los estándares estipulados por el gobierno popular de una provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central, el departamento de asuntos civiles le ordenará que haga correcciones dentro de un límite de tiempo, confiscar los ingresos ilegales y podrá imponer una multa de no menos de 1 vez pero no más de 3 veces los ingresos ilegales.

Artículo 20

Quien entierre restos que deban ser cremados, o entierre restos o construya tumbas en otros lugares que no sean cementerios o cementerios de bienestar público rural, será ordenado por el departamento de asuntos civiles. realizar correcciones dentro de un plazo determinado.