Medidas de gestión de bicicletas públicas en la ciudad de Taiyuan
Las instalaciones y equipos de apoyo incluyen: dispositivos de bloqueo, máquinas de autoservicio, monitoreo de comunicaciones, letreros, quioscos de administración, centros de gestión y despacho de mantenimiento y otras instalaciones relacionadas establecidas para garantizar el funcionamiento de las bicicletas públicas y brindar servicios. a los arrendatarios. Artículo 4* * *Las bicicletas son parte integral del transporte público urbano con carácter de bienestar público, y deben formar un sistema de transporte público urbano junto con el transporte ferroviario, el transporte público urbano y los taxis. Artículo 5 La gestión de las bicicletas públicas seguirá los principios de liderazgo gubernamental, diseño científico, operación eficiente y servicio conveniente a la gente. Artículo 6 El Gobierno Popular Municipal fomentará y apoyará el desarrollo de la bicicleta pública de acuerdo con los requisitos de dar prioridad al desarrollo del transporte público urbano. Ofrecer garantías en materia de subvenciones financieras, urbanismo, oferta de suelo, construcción de instalaciones, gestión del tráfico, etc. Artículo 7 El departamento de gestión de transporte municipal es el departamento administrativo encargado de la gestión de bicicletas en esta ciudad y es responsable de la supervisión y gestión de las bicicletas.
La unidad operadora de bicicletas públicas es la responsable de la gestión diaria de las bicicletas públicas.
Los departamentos de desarrollo y reforma municipal, seguridad pública, finanzas, planificación y recursos naturales, vivienda y construcción urbana y rural, gestión urbana y rural, bienes raíces, jardinería y otros deben gestionar las bicicletas públicas de acuerdo con sus responsabilidades respectivas. Artículo 8 La radio, la televisión, los periódicos, Internet y otros medios deben realizar publicidad sobre las bicicletas públicas, promover la protección del medio ambiente con bajas emisiones de carbono y los viajes ecológicos, y guiar al público para que comprenda, apoye y utilice las bicicletas públicas de manera civilizada. Artículo 9 El plan de desarrollo de bicicletas públicas deberá cumplir con el plan urbano general y el plan de desarrollo del transporte público urbano, y estará conectado con otros planes de transporte.
El departamento de gestión de transporte municipal trabajará con los departamentos de desarrollo y reforma, planificación, recursos naturales y otros departamentos para preparar un plan de desarrollo de bicicletas públicas, determinar los objetivos de desarrollo, el progreso de la construcción, la configuración de las estaciones de servicio y las instalaciones de gestión de despacho de mantenimiento. y medidas de salvaguardia, y presentarlo a la ciudad. Implementado después de la aprobación del Gobierno Popular.
El departamento de gestión de transporte municipal debe preparar un plan de desarrollo anual basado en el plan de desarrollo de bicicletas públicas para garantizar el desarrollo ordenado de las bicicletas públicas.
Las unidades operativas de bicicletas públicas se construirán y gestionarán de acuerdo con los planes de desarrollo anuales. Artículo 10 El departamento de gestión de transporte municipal, de acuerdo con el plan de desarrollo de bicicletas aprobado, llevará a cabo una gestión unificada del terreno para el mantenimiento de bicicletas y las instalaciones de gestión de despacho, e incluirálo bajo el control de las estaciones de transporte. Si por motivos de desarrollo urbano y construcción se necesitan adecuaciones, éstas deberán presentarse para su aprobación de acuerdo con los procedimientos legales. Si el suelo determinado en el planeamiento cumple con las disposiciones pertinentes del “Catálogo de Adjudicación de Suelo”, el suelo se entregará mediante adjudicación. Artículo 11 Las estaciones de servicio de bicicletas públicas cumplirán con el plan de desarrollo de la bicicleta pública y se ajustarán al desarrollo urbano y rural y a las necesidades del público. Artículo 12 Cuando las vías urbanas sean de nueva construcción, renovación o grandes edificios públicos como estaciones de ferrocarril, estaciones de tránsito ferroviario, estaciones de autobuses de larga distancia, etc., sean de nueva construcción, renovación o ampliación, la unidad de construcción del proyecto incluirá el servicio público de bicicletas. estaciones en la planificación, planificación y diseño del proyecto simultáneamente y reserva. El uso del suelo y las interfaces de línea se construirán simultáneamente con instalaciones de servicios públicos como iluminación y jardines después de la revisión por parte de los departamentos de planificación municipal y gestión de recursos naturales. Artículo 13 Las unidades operativas de bicicletas públicas construirán las instalaciones y equipos correspondientes para bicicletas públicas de acuerdo con los requisitos de planificación y las normas pertinentes. Artículo 14 La construcción de estaciones de servicio público de bicicletas deberá cumplir los siguientes requisitos:
(1) Tener un área dedicada, apariencia y señalización unificadas;
(2) El sitio debe ser plano y reforzado para facilitar el alquiler y el transporte;
(3) Equipado con tarjetas de identificación, con funciones de bloqueo de tarjetas, servicios de consulta de autoservicio, monitoreo de comunicaciones y otros terminales de servicio;
(4 ) Tarifas promocionales, teléfonos de atención, etc. ;
(5) En zonas residenciales, zonas comerciales, escuelas, estaciones de tren, estaciones de autobuses y otros lugares concurridos. Artículo 15 Ninguna unidad o individuo podrá desmantelar, trasladar u ocupar instalaciones y equipos públicos de bicicletas sin autorización.
Debido a la necesidad de construcción, demolición, reubicación y ocupación de instalaciones y equipos para bicicletas públicas, la unidad de construcción deberá firmar un acuerdo complementario de construcción o compensación con la unidad operadora de bicicletas públicas y la unidad operadora de bicicletas públicas. La unidad deberá presentarlo al departamento de gestión de transporte municipal. Artículo 16 El departamento de gestión de transporte municipal establecerá un sistema de supervisión e inspección para evaluar el estado operativo de las bicicletas públicas y estandarizar los comportamientos operativos.
Artículo 17 Las unidades operadoras de bicicletas públicas desempeñarán las siguientes funciones:
(1) Construir estaciones de servicio de bicicletas públicas de acuerdo con las normas y colocar señales;
(2) Instalar estaciones de servicio de bicicletas públicas puntos de venta de tarjetas de manera razonable, implementar depósitos de integridad unificados y cargos por servicio;
(3) Responsable de la reparación, mantenimiento y actualización del sistema de gestión de bicicletas, manteniendo limpias las bicicletas, instalaciones y equipos, y garantizando el uso normal de instalaciones y equipos;
(4) Proporcionar educación y capacitación a los empleados para garantizar un servicio civilizado y procedimientos operativos calificados.
(5) Desarrollar especificaciones de operación de bicicletas públicas y planes de emergencia para mejorar la seguridad; niveles de gestión
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(6) Cumplir con las normas del servicio público de bicicletas y presentar datos operativos al departamento de gestión de transporte municipal de acuerdo con la normativa
( 7) Anunciar periódicamente al público el uso de bicicletas.