Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - Tianjin Labor Arbitration Consulting Me uní a cierta empresa en marzo de 2010, pero firmé un contrato laboral en marzo de 2010 y no tenía seguro. Aún no he recibido ayuda del seguro.

Tianjin Labor Arbitration Consulting Me uní a cierta empresa en marzo de 2010, pero firmé un contrato laboral en marzo de 2010 y no tenía seguro. Aún no he recibido ayuda del seguro.

1. Es ilegal que la empresa no firme un contrato laboral dentro de un mes de su empleo. Debe pagarle el doble de su salario desde el segundo día después de un mes hasta el segundo día después de un año de empleo. Dado que el plazo de prescripción para el arbitraje laboral es de un año, solo puede solicitar a su empresa que pague el doble de salario desde la fecha de solicitud del arbitraje laboral hasta el día anterior a la renovación del contrato laboral en 2010. Es decir, si solicitas el arbitraje laboral el 24 de mayo de 2011, puedes solicitar al empleador que te pague el doble del salario del día anterior a la renovación del contrato laboral del 24 de mayo de 2010 al 24 de marzo de 2011. Sin embargo, si la fecha de firma del contrato laboral complementario es dentro del mes siguiente a su incorporación a la empresa, no podrá pedirle a la empresa que le pague el doble de salario.

2. Si su empleador no paga la seguridad social por usted, es ilegal que el club de lectura pague la seguridad social por usted. Si no quiere trabajar más, además de pedir a la empresa que le devuelva la seguridad social, también puede pedirle que rescinda el contrato laboral inmediatamente (sin previo aviso con un mes de antelación) alegando que la empresa no ha cotizan a la seguridad social, y exigen el pago de 1,5 según la antigüedad en el servicio entre un año y menos de un año y medio de salario mensual.

Puede solicitar un arbitraje laboral gratuito ante el comité local de arbitraje de conflictos laborales.

Ley de Contrato de Trabajo:

Artículo 10 Para establecer una relación laboral se deberá celebrar un contrato de trabajo por escrito.

Si se ha establecido una relación laboral pero al mismo tiempo no se ha celebrado un contrato laboral escrito, el contrato laboral escrito deberá celebrarse dentro del mes siguiente a la fecha de contratación.

Artículo 82 Si el empleador no concluye un contrato de trabajo escrito con el empleado durante más de un mes pero menos de un año a partir de la fecha de empleo, deberá pagar el doble del salario mensual al empleado.

Si el empleador viola las disposiciones de esta Ley y no celebra un contrato de trabajo por tiempo indefinido con el empleado, deberá pagarle el doble del salario cada mes a partir de la fecha en que se establezca el contrato de trabajo por tiempo indefinido. debe celebrarse el contrato.

Artículo 38 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, el trabajador podrá rescindir el contrato de trabajo:

(1) No proporcionar protección laboral o condiciones laborales según lo estipulado en el contrato de trabajo;

(2) Falta de pago de la remuneración laboral en su totalidad y a tiempo;

(3) Falta de pago de las primas del seguro social de los trabajadores de conformidad con la ley;

(4) Empleadores Las normas y reglamentos de la unidad violan las disposiciones de las leyes y reglamentos y dañan los derechos e intereses de los trabajadores;

(5) El contrato de trabajo es inválido debido a las circunstancias estipuladas en el párrafo 1 del artículo 26 de esta Ley;

(6) Las demás circunstancias en que los trabajadores podrán rescindir el contrato de trabajo según lo establezcan las leyes y reglamentos administrativos.

Si el empleador obliga a los trabajadores a trabajar mediante violencia, amenazas o restricciones ilegales a la libertad personal, o si el empleador dirige u obliga ilegalmente operaciones riesgosas que pongan en peligro la seguridad personal de los trabajadores, los trabajadores no podrán notificar el empleador por adelantado. La unidad rescinde inmediatamente el contrato de trabajo.

Artículo 46 Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador deberá pagar una compensación económica al trabajador:

(1) El trabajador deberá pagar una compensación de conformidad con el artículo 38 de esta Ley Estipula la terminación del contrato de trabajo;

Artículo 47 La compensación económica se pagará en función del número de años que el trabajador haya trabajado en la unidad, y un mes de salario por cada año completo. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario.

Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio local anunciado por el gobierno popular del municipio o ciudad distrital donde está ubicado el empleador, el estándar de compensación económica pagada al empleado será el salario medio mensual del trabajador en 3 veces, y el plazo máximo para pagar la compensación económica a los trabajadores no podrá exceder de 12 años.

El salario mensual mencionado en este artículo se refiere al salario promedio del trabajador en los doce meses anteriores a la extinción o extinción del contrato de trabajo.