Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - Aviso de la Comisión Estatal de Planificación y del Ministerio de Justicia sobre la expedición de las “Medidas para la Administración de Tasas por Servicios Jurídicos Municipales”

Aviso de la Comisión Estatal de Planificación y del Ministerio de Justicia sobre la expedición de las “Medidas para la Administración de Tasas por Servicios Jurídicos Municipales”

Artículo 1 Con el fin de adaptarse a los requisitos del establecimiento de un sistema económico de mercado socialista, salvaguardar los derechos e intereses legítimos de las personas jurídicas y personas físicas encomendadas por los servicios legales del municipio (en adelante, el cliente) y regular el comportamiento de cobranza del municipio. servicios legales, este documento está formulado de acuerdo con la normativa nacional pertinente. Artículo 2 Estas Medidas se aplican a las oficinas de servicios jurídicos municipales y a sus clientes. Artículo 3 Los siguientes servicios legales proporcionados por los servicios legales del municipio se cobrarán al cliente de acuerdo con los estándares de cobro prescritos:

(1) Responder consultas legales;

(2) Escribir Documentos legales;

(3) Actuar para actividades de litigio civil y administrativo;

(4) Actuar para asuntos legales no contenciosos;

(5) Ser empleado como consultor legal;

(6) presidir la mediación de disputas;

(7) manejar asuntos de testigos. Artículo 4 Los departamentos administrativos judiciales de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central propondrán planes de formulación y ajuste para los estándares de cobro de servicios legales municipales, los presentarán al departamento de administración de precios del mismo nivel para su revisión y aprobación y enviarlos al departamento de gestión de precios del Consejo de Estado para su archivo. Artículo 5 Se deben considerar los siguientes factores al formular los estándares de cobro de los servicios legales municipales:

(a) La cantidad de personal requerido para brindar servicios legales;

(2) El trabajo requerido para brindar servicios legales Tiempo;

(3) La complejidad de brindar servicios legales;

(4) Posibles riesgos y responsabilidades al brindar servicios legales;

(5) Capacidad de carga de los clientes. Artículo 6 Los métodos de fijación de precios para los cargos por servicios legales municipales incluyen: cargos a destajo, cargos por hora y cargos de proporción objetivo.

Responder consultas legales, redactar documentos legales, representar asuntos legales civiles, administrativos y no contenciosos que no involucren relaciones de propiedad, mediar y presenciar relaciones de propiedad y cobrar a destajo.

Como asesor jurídico, cobramos honorarios por tiempo (mensuales, trimestrales, anuales).

Representar a clientes en asuntos civiles, contenciosos administrativos y legales no contenciosos, mediar en disputas y manejar testigos. Si se trata de relaciones de propiedad, los honorarios se cobrarán en proporción al asunto. Si las tarifas se cobran de acuerdo con un índice objetivo, además de especificar el índice de tarifa específico, también se debe especificar el monto máximo de la tarifa. Artículo 7 Los siguientes gastos incurridos por la oficina de servicios legales del municipio en el proceso de prestación de servicios legales al cliente serán pagados por separado por el cliente:

(1) Honorarios de tasación

; (2) Ubicación remota Gastos de viaje requeridos para inspecciones (fuera de la provincia);

(3) Otros gastos pagados por la oficina de servicios legales del municipio para el cliente. Artículo 8 Las oficinas de servicios jurídicos del municipio no cobrarán honorarios por ayudar a los asistentes judiciales (oficinas judiciales) en la realización de publicidad y educación jurídica y otros trabajos comerciales relacionados. Artículo 9 Los servicios jurídicos municipales responden gratuitamente a cuestiones jurídicas relativamente sencillas. Responder consultas jurídicas complejas que involucren relaciones de propiedad y cobro de acuerdo con las normas prescritas. Artículo 10: Los trabajadores jurídicos del municipio actúan como consultores legales y manejan asuntos legales simples para los empleadores sin cobrar honorarios para los litigios encomendados y asuntos legales más complejos que no son litigios, los honorarios prescritos se reducen a la mitad. Artículo 11 Cuando la oficina de notario encomienda a una oficina de servicios jurídicos municipales la asistencia en asuntos de notarización o las partes le encomiendan la gestión de la notarización, retirará un determinado porcentaje de los honorarios del servicio de los honorarios del notario de acuerdo con la carga de trabajo. Artículo 12 Si las partes involucradas en disputas contractuales civiles o económicas presenciadas por la oficina de servicios legales del municipio solicitan mediación o agencia de litigio, la oficina de servicios legales del municipio reducirá los honorarios. Artículo 13 La oficina de servicios legales del municipio presidirá la mediación de disputas, y si se llega a un acuerdo a través de la mediación, los honorarios de la mediación serán pagados por la parte culpable; si ambas partes tienen culpa, la oficina de servicios legales del municipio determinará; el importe a cargo de ambas partes en función del grado de responsabilidad. Si no se llega a un acuerdo durante la mediación o las partes retiran su solicitud de mediación a mitad del camino, se podrá reembolsar parte o la totalidad de los honorarios de la mediación según corresponda en función de la carga de trabajo. Una vez ejecutado el acuerdo de mediación, si una o ambas partes se arrepienten y solicitan una reparación, la oficina de servicios legales del municipio llevará a cabo la mediación de forma gratuita. Artículo 14 Los trabajadores jurídicos del municipio prestan servicios jurídicos a los clientes, y las oficinas de servicios jurídicos del municipio cobran los honorarios de los servicios jurídicos de los clientes de acuerdo con las normas de cobro prescritas y emiten facturas a los clientes. Los trabajadores legales del municipio no pueden cobrar honorarios sin permiso. Artículo 15 Excepto en el caso de asuntos legales simples, el monto y el método de los honorarios de servicios legales cobrados por las oficinas de servicios legales municipales a los clientes estarán de acuerdo con los métodos de gestión de cargos y los estándares de cobro formulados por el estado, y se especificarán en el acuerdo de encomienda firmado. con el cliente o el empleo de consultores legales deberá estipularse claramente en el acuerdo, o se firmará un acuerdo de cobro especial, y los detalles de cobro y los métodos de cálculo se proporcionarán o explicarán a solicitud del cliente.

La oficina de servicios legales del municipio puede cobrar honorarios de servicios legales al cliente y puede cobrar todos los honorarios por adelantado después de confirmar la relación de encomienda; también puede negociar con el cliente el cobro a plazos durante el período legal; ; también puede proporcionar servicios legales municipales. La firma paga todos los honorarios por adelantado y luego llega a un acuerdo con el cliente. Artículo 16 Cuando la oficina de servicios legales del municipio rescinde la relación de encomienda con el cliente, los honorarios del servicio legal cobrados por adelantado se manejarán de la siguiente manera:

(1) Si la relación de encomienda se termina debido a la Por culpa del trabajador jurídico del municipio, la oficina de servicios jurídicos del municipio rescindirá la relación de encomienda con el cliente. El centro de servicio deberá reembolsar el importe total.

(2) Si la relación de encomienda se termina por culpa del mandante o los requisitos de la encomienda exceden el alcance prescrito, el saldo restante se devolverá al mandante después de deducir los gastos incurridos en la realización del negocio. .

(3) Si la oficina de servicios jurídicos del municipio rescinde la relación de encomienda sin motivos justificables, todos los honorarios cobrados se devolverán al cliente.