Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿A quién pertenece el dinero de la dote dada por la mujer?

¿A quién pertenece el dinero de la dote dada por la mujer?

Análisis jurídico

Si la dote se ha entregado a la mujer antes de que la pareja obtenga el certificado, entonces la propiedad del dinero de la dote pertenece personalmente a la mujer y es su propiedad prematrimonial.

Si la dote se entrega a la mujer después de que la pareja obtiene el certificado, entonces la propiedad del dinero pertenece tanto al marido como a la mujer, a menos que haya una declaración escrita especial que diga que "este dinero es sólo para el mujer."

En otras palabras, el dinero de la dote entregado a la mujer antes de recibir el certificado pertenece a la mujer. Incluso si los dos se divorcian más tarde, el dinero sigue perteneciendo a la mujer. Además, el dinero de la dote entregado a la mujer después de obtener el certificado pertenece a ambos. Durante el divorcio, los bienes deben dividirse y distribuirse según las circunstancias específicas.

Base Legal

Código Civil de la República Popular China

Artículo 1062: El marido y la mujer tienen bienes comunes. Las siguientes propiedades adquiridas por un marido y una mujer durante la relación matrimonial son propiedad conjunta del marido y la mujer y pertenecen al marido y a la mujer: (1) salarios, bonificaciones y remuneraciones laborales; (2) ingresos provenientes de la producción, operación e inversión; (3) Rentas de derechos de propiedad intelectual; (4) Bienes heredados o donados, salvo lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley; (5) Otros bienes que deban pertenecer a * * *.

El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes.

Artículo 1063: En cuanto a los bienes muebles del marido y de la mujer, serán bienes muebles de uno de los cónyuges los siguientes:

(1) Los bienes prematrimoniales de una de las partes (; 2) Compensación o compensación recibida por una de las partes por lesiones personales o Compensación; (3) bienes determinados que pertenecen solo a una de las partes en el contrato de testamento o donación (4) necesidades diarias exclusivamente para una de las partes (5) otros bienes que deberían; pertenecer a un partido.