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Derechos legales estipulados por el estado

Subjetividad jurídica:

El derecho de autor incluye derechos personales y derechos de propiedad: 1. Los derechos personales, también conocidos como derechos morales, incluyen específicamente: (1) el derecho de publicación, que es el derecho a decidir si una obra se hace pública (2) el derecho de firma, que es el derecho a indicar la identidad de; el autor y firmar la obra; (3) el derecho de modificación, que es el derecho a modificar o El derecho a autorizar a otros a modificar la obra (4) El derecho a proteger la integridad de la obra, es decir, el derecho; para proteger la obra contra distorsiones y alteraciones. 2. Los derechos de propiedad, también conocidos como derechos económicos, incluyen: (1) El derecho a reproducir, es decir, a imprimir, copiar y ampliar. El derecho a hacer una o más copias de una obra; obra mediante impresión, grabación, videograbación, copia, reproducción, etc. (2) El derecho de distribución, es decir, el derecho a proporcionar el original o copias de la obra al público vendiéndola o donándola; derechos, es decir, el derecho a otorgar licencias temporales a otros para utilizar obras cinematográficas, obras creadas mediante métodos similares a la realización de películas y software de computadora, excepto que el software de computadora no sea el objeto principal del arrendamiento; (4) Derechos de exhibición, es decir, la exhibición pública de obras artísticas, fotografía El derecho al original o copia de la obra (5) el derecho a realizar, es decir, el derecho a realizar públicamente la obra y el derecho a transmitir públicamente la ejecución de la obra en diversos; formas (6) el derecho a la proyección, es decir, a reproducir públicamente obras de arte; derechos a la fotografía, películas y obras creadas mediante métodos similares a la realización cinematográfica; (7) derechos de transmisión, es decir, la transmisión o difusión pública de obras; por medios inalámbricos, la difusión al público de obras radiodifundidas por cable o retransmisión, a través de altavoces u otros similares. El derecho a difundir al público obras radiodifundidas a través de herramientas de transmisión de símbolos, sonidos e imágenes. (8) Derechos de difusión de redes de información; es decir, el derecho a proporcionar obras al público por medios cableados o inalámbricos, de modo que el público pueda obtener las obras en el momento y lugar de su elección. (9) El derecho a hacer películas, es decir, el derecho a. fijar la obra en un soporte mediante la realización de películas o métodos similares (10) El derecho a adaptar, es decir, el derecho a realizar cambios en la obra y crear nuevas obras originales; (11) El derecho de traducción, es decir, el; derecho a convertir una obra de un idioma a otro; (12) El derecho de compilación, es decir, el derecho de ensamblar una obra o fragmentos de una obra en una nueva obra seleccionándola u organizándola; otros derechos disfrutados.