Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - La propiedad de las tierras estatales pertenece a

La propiedad de las tierras estatales pertenece a

Subjetividad jurídica:

La propiedad de la tierra de propiedad estatal pertenece al Estado y a las organizaciones colectivas. La propiedad de la tierra en nuestro país se divide en propiedad de la tierra estatal y propiedad de la tierra colectiva. La propiedad de la tierra urbana pertenece al Estado y la propiedad de la tierra colectiva pertenece al colectivo.

Objetividad jurídica:

Artículo 9 de la “Ley de Ordenación del Territorio” el suelo urbano pertenece al Estado. La tierra en las zonas rurales y los suburbios urbanos, excepto las tierras de propiedad estatal estipuladas por la ley, es propiedad colectiva de los agricultores, mientras que las tierras privadas y las colinas privadas son propiedad colectiva de los agricultores. Artículo 10 de la Constitución: La tierra en las ciudades pertenece al Estado. Las tierras de las zonas rurales y los suburbios urbanos, excepto las tierras de propiedad estatal previstas por la ley, son de propiedad colectiva; las granjas, las parcelas privadas y las colinas privadas también son de propiedad colectiva; Por necesidades de interés público, el Estado podrá expropiar o expropiar terrenos y otorgar indemnizaciones de conformidad con las disposiciones legales. Ninguna organización o individuo puede apropiarse, comprar, vender o transferir ilegalmente tierras de otra manera. Los derechos de uso de la tierra pueden transferirse de conformidad con las disposiciones legales. Todas las organizaciones e individuos que utilizan la tierra deben utilizarla racionalmente.