Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Existe un límite de edad para que los trabajadores de servicios legales de base participen en trabajos y prácticas legales?

¿Existe un límite de edad para que los trabajadores de servicios legales de base participen en trabajos y prácticas legales?

No hay límite de edad.

Medidas para la Gestión de los Trabajadores de los Servicios Jurídicos de Base

Artículo 13 Las personas que hayan obtenido las calificaciones profesionales de trabajadores de los servicios jurídicos de base u otras calificaciones profesionales enumeradas en el artículo 5 de estas Medidas deberán cumplir las siguientes condiciones Si usted es un trabajador de servicios legales de base, puede solicitar el registro para ejercer como trabajador de servicios legales de base y obtener el "Certificado de Práctica de Trabajador de Servicios Legales":

(1) Quienes hayan ejercido como fue pasante en una oficina de servicios legales de base durante seis meses y aprobó la evaluación de la oficina;

(2) La oficina de servicios legales de base decide contratar;

(3) Al presentar la solicitud para el registro de la práctica, se cumple con las condiciones del artículo 6 (1), (3) y (4) de estas Medidas.

Aquellos que se hayan dedicado a servicios legales como abogados, notarios, asesores legales corporativos, jueces, fiscales, administradores judiciales, etc. durante más de dos años antes de solicitar el registro de práctica, pueden solicitar el registro de práctica directamente sin pasantía.

Ley de Abogados de la República Popular China

Artículo 5 Para postularse para ejercer la abogacía, se deben cumplir las siguientes condiciones:

(1) Apoyar la Constitución de la República Popular China;

(2) Aprobar el Examen Judicial Nacional Unificado;

(3) Realizar prácticas en un despacho de abogados durante un año;

(4) Tener buena conducta.

El certificado de calificación de abogado obtenido antes de la implementación del Examen Judicial Unificado Nacional tiene el mismo efecto que el certificado del Examen Judicial Unificado Nacional al momento de solicitar el ejercicio de la abogacía.