Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - Después del divorcio, la pareja firmó un acuerdo complementario en privado y ambas partes firmaron el acuerdo sin certificación notarial. ¿Es válido este acuerdo complementario?

Después del divorcio, la pareja firmó un acuerdo complementario en privado y ambas partes firmaron el acuerdo sin certificación notarial. ¿Es válido este acuerdo complementario?

Hola, el acuerdo complementario firmado en privado después del divorcio es válido.

Después del divorcio por acuerdo, muchas personas firmarán un acuerdo complementario porque los términos del acuerdo de divorcio no están claros o necesitan modificar el acuerdo de divorcio original por varias razones. Si ambas partes tienen capacidad de conducta civil y sus intenciones son verdaderas, y el acuerdo firmado en privado después del divorcio no viola las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos, y no viola el orden público y las buenas costumbres, el acuerdo es válido. Es decir, la ley no prohíbe que ambas partes acuerden sus derechos y obligaciones una vez registrado el divorcio. Este acuerdo no se basa en el registro de divorcio, por lo que no es un acto jurídico civil condicional, es decir, siempre que sea la verdadera expresión de la intención de ambas partes y no viole las disposiciones imperativas de las leyes y normas administrativas. adquirirán efectos jurídicos cuando se establezca el consentimiento de ambas partes.

Si después del divorcio solo se revoca el acuerdo sobre la parte patrimonial y se llega a un acuerdo complementario para redistribuir ciertos bienes entre la pareja, entonces el acuerdo complementario debe ser firmado voluntariamente por ambas partes y no viola las leyes y reglamentos pertinentes. Las disposiciones obligatorias de los reglamentos administrativos son efectivas. Si incumple el acuerdo de manutención de los hijos después del divorcio, ajuste la manutención de los hijos antes de llegar a un nuevo acuerdo. Dado que los padres tienen la obligación de criar y educar a sus hijos, después del divorcio, si uno de los padres cría al niño, el otro padre correrá con parte o la totalidad de los gastos de manutención y educación necesarios. El monto y el período de los gastos serán acordados por. ambas partes. Un tribunal general considerará que como persona con plena capacidad para la conducta civil, debe sopesar los pros y los contras a la hora de llegar a un acuerdo y obligarse voluntariamente a que éste sea la verdadera expresión de las intenciones de ambas partes. Siempre que no viole la ley, la renegociación del monto de la pensión alimenticia en el acuerdo complementario debe considerarse legal y válida, y ambas partes deben actuar de acuerdo con el acuerdo complementario.

Base jurídica:

Código Civil de la República Popular China

Artículo 143

Se consideran actos jurídicos civiles que cumplan las siguientes condiciones válida:

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(1) El actor tiene la correspondiente capacidad de conducta civil;

(2) La expresión de la intención es verdadera;

(3) No viola los requisitos obligatorios de las leyes y reglamentos administrativos y no viola el orden público y las buenas costumbres.