Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - Debido a que el comerciante no tiene existencias, ¿debo pagar los regalos? No es necesario. Las cláusulas de protección de casos están estrechamente relacionadas con las decisiones de los consumidores. De acuerdo con las disposiciones de la "Ley de Protección de los Derechos e Intereses del Consumidor", los operadores que utilicen cláusulas estándar en sus actividades comerciales deben recordar a los consumidores de manera visible el período de ejecución y el método de los bienes o servicios, las precauciones de seguridad y las advertencias de riesgo que los consumidores pueden elegir. si al consumo. La cláusula de garantía de precio incluye obsequios como parte de la parte que debe deducirse al devolver la diferencia de precio y, al mismo tiempo, no informa claramente el contenido de la garantía de precio. Parece constituir una cláusula excesiva y se sospecha que perjudica a los consumidores. 'Derechos a saber y transacciones justas. Cuando los consumidores proponen garantías de precios, los comerciantes utilizan "obsequios valiosos" como escudo, limitando los derechos de los consumidores a recibir una compensación total por la diferencia de precio y privándolos de su derecho a elegir libremente si necesitan obsequios. Se trata de una cláusula de formato no válido, que es jurídicamente insostenible y no puede tener efecto vinculante.

Debido a que el comerciante no tiene existencias, ¿debo pagar los regalos? No es necesario. Las cláusulas de protección de casos están estrechamente relacionadas con las decisiones de los consumidores. De acuerdo con las disposiciones de la "Ley de Protección de los Derechos e Intereses del Consumidor", los operadores que utilicen cláusulas estándar en sus actividades comerciales deben recordar a los consumidores de manera visible el período de ejecución y el método de los bienes o servicios, las precauciones de seguridad y las advertencias de riesgo que los consumidores pueden elegir. si al consumo. La cláusula de garantía de precio incluye obsequios como parte de la parte que debe deducirse al devolver la diferencia de precio y, al mismo tiempo, no informa claramente el contenido de la garantía de precio. Parece constituir una cláusula excesiva y se sospecha que perjudica a los consumidores. 'Derechos a saber y transacciones justas. Cuando los consumidores proponen garantías de precios, los comerciantes utilizan "obsequios valiosos" como escudo, limitando los derechos de los consumidores a recibir una compensación total por la diferencia de precio y privándolos de su derecho a elegir libremente si necesitan obsequios. Se trata de una cláusula de formato no válido, que es jurídicamente insostenible y no puede tener efecto vinculante.