¿Cuál es el contenido de la relación privada entre marido y mujer?
1.
El párrafo 3 del artículo 2 de la Ley de Matrimonio estipula claramente la igualdad e independencia del marido y la mujer. Esta es la encarnación del principio de igualdad entre hombres y mujeres en la Constitución. Su esencia es que tanto hombres como mujeres disfruten de los mismos derechos, asuman las mismas obligaciones y no estén subordinados ni dominados entre sí en todos los aspectos del matrimonio y la vida familiar. La igualdad entre marido y mujer está presente en toda la ley matrimonial y se refleja en las relaciones personales, las relaciones de propiedad, la manutención de los hijos y otros aspectos. Ésta es una regla general. 2. Tanto el marido como la mujer tienen derecho a su apellido.
El artículo 14 de la "Ley de Matrimonio" estipula que el derecho al nombre, como derecho personal, lo disfrutan ambos cónyuges con total independencia, no se ve afectado por cambios de ocupación, ingresos y entorno de vida, y excluye la interferencia de otros (incluidos sus cónyuges). En el matrimonio y en la vida familiar, uno de los cónyuges puede ejercer y disponer legal y voluntariamente de su derecho al apellido. Esto también se refleja en la determinación del nombre del niño. El derecho a decidir el nombre de un hijo lo disfrutan por igual tanto el marido como la mujer, es decir, el hijo puede tomar el apellido del padre, el apellido de la madre u otros apellidos. 3. Lealtad entre marido y mujer
. El párrafo 3 del artículo 3 y el artículo 4 de la Ley del Matrimonio estipulan las obligaciones fieles de ambos cónyuges. La obligación de fidelidad se refiere principalmente a la obligación de mantener la castidad, la obligación del marido y la mujer de tener relaciones sexuales exclusivas y la obligación de no tener relaciones sexuales extramatrimoniales. En concreto: no bigamia; no convivencia continua y estable con una tercera persona distinta del cónyuge en nombre de marido y mujer, que generalmente incluye adulterio y concubinato, etc. La ley no estipula claramente los derechos y obligaciones de las parejas que viven juntas. Generalmente se cree que el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones se limitan a la justicia y la razón y no pueden hacerse cumplir debido a su carácter fuertemente personal. La violación del deber de lealtad no sólo daña la relación entre marido y mujer, sino que tampoco favorece el mantenimiento de la monogamia. Las disposiciones de la ley sobre el deber de lealtad proporcionan una base legal para perseguir diversas conductas ilegales que violen el matrimonio.
4. Libertad personal de ambos cónyuges
. El artículo 15 de la Ley de Matrimonio estipula que tanto el marido como la mujer tienen la libertad de participar en la producción, el trabajo, el estudio y las actividades sociales, y una de las partes ni la otra no restringirán ni interferirán. Este es un requisito previo necesario para el pleno y libre desarrollo de ambos cónyuges. El ejercicio de la libertad personal de los cónyuges se limitará a los límites legales y razonables, debiendo respetarse mutuamente y oponerse a toda clase de injerencias.
5. El derecho a elegir el domicilio conyugal
. El artículo 9 de la Ley de Matrimonio estipula que uno de los cónyuges puede convertirse en miembro de la familia del otro y la pareja tiene derecho a decidir la residencia de la familia mediante negociación. Pueden elegir la residencia original u otra residencia del hombre o de la mujer. 6. Están prohibidos la violencia doméstica, el abuso y el abandono;
Está prohibido que uno de los cónyuges utilice golpes, ataduras, mutilaciones, restricciones forzadas de la libertad personal u otros medios para cometer actos violentos que causen daños físicos o mentales. daño al otro cónyuge está prohibido constituir continuación del abuso y la violencia doméstica frecuente; prohibir a una parte con obligaciones de manutención violar la ley al no cumplir con sus obligaciones de manutención; 7. Obligaciones de planificación familiar
. Tanto el marido como la mujer tienen obligaciones de planificación familiar en virtud del derecho público. La prohibición de los nacimientos no planificados es un requisito de la política nacional básica de mi país y también es una obligación legal tanto del marido como de la mujer. Los sujetos de la obligación son tanto el marido como la mujer, no sólo la mujer. El artículo 47 de la "Ley de Protección de los Derechos e Intereses de la Mujer" estipula claramente que las mujeres tienen derecho a tener hijos y la libertad de no tener hijos de conformidad con las normas nacionales pertinentes, es decir, las mujeres tienen derecho a tener hijos. Los círculos académicos tienen diferentes puntos de vista sobre los derechos reproductivos masculinos y la ley no proporciona disposiciones claras al respecto. Sin embargo, la maternidad, como una de las cuestiones importantes en la vida de una pareja, debe decidirse mediante consultas entre la pareja y de conformidad con las leyes nacionales pertinentes.