¿Son las mujeres legalmente responsables de hacer trampa? ¿Y si ella la engañó y yo no lo declaré?
Esta situación es un conflicto general, y el engaño no constituye una condición para el divorcio o la compensación. Si hay pruebas que demuestren que la otra parte está haciendo trampa o cohabitando ilegalmente, se puede utilizar para responsabilizar legalmente a la otra parte durante el divorcio y exigir una compensación por las pérdidas mentales.
Según el artículo 46 de la Ley de Matrimonio, “En caso de divorcio en cualquiera de las siguientes circunstancias, la parte inocente tendrá derecho a reclamar daños y perjuicios:
(1) Bigamia;
(2) Tener cónyuge conviviendo con otras personas;
(3) Realizar violencia doméstica;
(4) Abusar o abandonar a familiares. El artículo 1 establece la protección jurídica que la parte inocente en un matrimonio legal tiene derecho a reclamar daños y perjuicios.