¿Una persona que incumple su promesa no tiene que devolver el dinero?
Base jurídica: "Varias disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre la restricción del alto consumo y el consumo conexo de las personas sujetas a ejecución".
Artículo 1 Si la persona sujeta a ejecución no cumple con las obligaciones de pago especificadas en el documento legal vigente dentro del período especificado en el aviso de ejecución, el tribunal popular podrá tomar medidas para restringir su alto consumo y el consumo relacionado. eso no es necesario para la vida o los negocios. El tribunal popular tomará medidas de restricción del consumo contra las personas sujetas a ejecución que estén incluidas en la lista de personas deshonestas sujetas a ejecución.
Artículo 3. Si la persona sujeta a ejecución es una persona física, después de tomar medidas de restricción del consumo, no deberá incurrir en las siguientes conductas de alto consumo y consumo innecesario: (1) Al tomar transporte, deberá elegir cabinas de segunda clase o superiores en los aviones. , trenes y barcos; (2) Alto gasto en hoteles, hoteles, discotecas, campos de golf y otros lugares con estrellas; (3) Compra de bienes inmuebles o viviendas de nueva construcción, ampliadas o decoradas de alta gama; p>(4) Arrendamiento de edificios de oficinas, hoteles, apartamentos, etc. de alta gama. (5) Compra de vehículos no esenciales (6) Viajes y vacaciones (7) Niños que asisten a escuelas privadas con tarifas elevadas; primas para adquirir seguros y productos financieros (9) Tomar trenes G-EMU Actividades de consumo no esenciales, como todos los asientos y asientos de primera clase y superiores en otros trenes EMU. Si el sujeto de ejecución es una persona jurídica, luego de adoptadas las medidas de restricción del consumo, el sujeto de ejecución y su representante legal, el responsable principal, los directamente responsables de afectar el cumplimiento de la deuda y el propio interventor no podrán realizar los actos señalados en el párrafo anterior. Si bienes muebles se destinan al consumo privado para cometer los actos a que se refiere el párrafo anterior, podrá solicitarse su ejecución ante el tribunal de ejecución. Si tras la revisión del tribunal de ejecución se determina que es cierta, se aprobará.