¿Es correcto anteponer la justicia a los intereses familiares a expensas del pueblo sin asumir responsabilidad legal?
2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Penal [1], con el fin de proteger al país, los intereses públicos, la persona, la propiedad y otros derechos propios o de otros de infracciones ilegales en curso, para detener la infracción ilegal Cualquier acto que cause daño a un infractor ilícito se considerará legítima defensa y no generará responsabilidad penal.
Defensa ilimitada se refiere a tomar acciones defensivas contra delitos violentos en curso como asalto, asesinato, robo, violación, secuestro, etc. que ponen en grave peligro la seguridad personal, resultando en una infracción ilegal de lesiones personales o muerte, lo que no No constituye una defensa excesiva, pero no deja de ser legítima defensa y no conlleva responsabilidad penal. [2]
Si la legítima defensa excede el límite necesario y causa un daño grave, la persona incurrirá en responsabilidad penal, pero la pena será reducida o eximida.
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