Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Cuáles son los cuatro procedimientos para que el Consejo de Estado formule reglamentos administrativos y legislación?

¿Cuáles son los cuatro procedimientos para que el Consejo de Estado formule reglamentos administrativos y legislación?

Cuatro procedimientos: propuesta, revisión, votación y convocatoria.

¡La "Ley Básica" entrará en vigor después de que el Congreso Nacional del Pueblo la apruebe y el Presidente emita una orden de implementación! Los reglamentos administrativos son formulados por las autoridades competentes y aplicados dentro de la región administrativa.

Procedimientos legislativos del Congreso Nacional del Pueblo

Artículo 12 El Presidium del Congreso Nacional del Pueblo podrá proponer proyectos de ley al Congreso Nacional del Pueblo para su revisión.

El Comité Permanente de la APN, el Consejo de Estado, la Comisión Militar Central, el Tribunal Popular Supremo, la Fiscalía Popular Suprema y los comités especiales de la Asamblea Popular Nacional pueden proponer proyectos de ley a la Asamblea Popular Nacional, y el el presidium decidirá incluirlos en el orden del día de la reunión.

Artículo 13 Una delegación o más de 30 diputados podrán presentar conjuntamente un proyecto de ley al Congreso Nacional del Pueblo, y el presidium decidirá si lo incluye en el orden del día de la reunión o si se presentará a al comité especial correspondiente para revisión y propuesta. Por favor dé su opinión sobre si incluirlo en la agenda de la reunión y luego decida si incluirlo en la agenda de la reunión. Cuando la comisión especial esté deliberando, el proponente podrá ser invitado a asistir a la reunión y expresar opiniones.

Artículo 14 Cuando el Congreso Nacional del Pueblo no esté en sesión, cualquier proyecto de ley presentado al Congreso Nacional del Pueblo podrá presentarse primero al Comité Permanente. Después de deliberar de conformidad con los procedimientos pertinentes estipulados en la Sección 3 del Capítulo 2 de esta Ley, el Comité Permanente decide presentar la decisión al Congreso Nacional del Pueblo para su deliberación, y el Comité Permanente la explicará a la sesión plenaria del Congreso. o el proponente lo explicará al pleno del Congreso.

Artículo 15: Cuando el Comité Permanente decida presentar un proyecto de ley a la Asamblea Popular Nacional para su deliberación, el proyecto de ley será enviado a los diputados un mes antes de la reunión.

Artículo 16: Los proyectos de ley incluidos en el orden del día del Congreso Nacional del Pueblo serán revisados ​​por cada delegación después de que el pleno del Congreso escuche las explicaciones de los patrocinadores.

Cuando cada delegación considera un proyecto de ley legal, el patrocinador debe enviar a alguien para escuchar opiniones y responder preguntas.

Cuando cada delegación esté revisando un proyecto de ley, las agencias y organizaciones pertinentes deben enviar a alguien para presentar la situación a petición de la delegación.

Artículo 17: Los proyectos de ley incluidos en el orden del día de la reunión del Congreso Nacional del Pueblo serán revisados ​​por los comités especiales pertinentes, y las opiniones de revisión se presentarán al presidium, que las emitirá a la reunión.

Artículo 18 El Comité Jurídico llevará a cabo una revisión unificada de los proyectos de ley incluidos en la agenda del Congreso Nacional del Pueblo sobre la base de las opiniones de las deliberaciones de las delegaciones y los comités especiales pertinentes, y presentará un informe sobre la revisión. resultados y documentos legales al Presidium. Las opiniones disidentes importantes deben indicarse en el informe de resultados de la revisión, que se enviará al Presidium después de su revisión y aprobación.

Artículo 19: Cuando sea necesario, el presidente ejecutivo del presidium podrá convocar una reunión de jefes de delegaciones para escuchar las opiniones de deliberación de cada delegación sobre los temas importantes del proyecto de ley, llevar a cabo discusiones e informar sobre la discusión. y opiniones al presidium.

El presidente ejecutivo del presidium también puede convocar a representantes relevantes elegidos por la delegación para discutir temas especializados importantes en el proyecto de ley e informar la discusión y las opiniones al presidium.

Artículo 20 Si el patrocinador de un proyecto de ley incluido en el orden del día del Congreso Nacional del Pueblo solicita retirarlo antes de que se someta a votación, el patrocinador explicará los motivos e informará al congreso. Con la aprobación del Presidium, el proyecto de ley será retirado. Se dará por terminado el examen del caso.

Artículo 21 Si durante la deliberación de un proyecto de ley existen cuestiones importantes que requieren mayor estudio, serán propuestas por el Presidium y decididas por el pleno de la Asamblea General. La Comisión Permanente podrá ser autorizada. deliberar más a fondo sobre el asunto basándose en las opiniones de los representantes, tomar una decisión y presentar el informe de la próxima reunión del Congreso Nacional del Pueblo también podrá estar autorizado a deliberar más a fondo basándose en las opiniones de los diputados, proponer; planes revisados ​​y presentarlos a la próxima reunión del Congreso Nacional del Pueblo para su revisión y decisión.

Artículo 22: Después de que cada delegación revise el proyecto de ley revisado, el Comité Jurídico hará modificaciones basadas en las deliberaciones de cada delegación. El Presidium propondrá una versión para votación del proyecto de ley y lo presentará. a la sesión plenaria de la Asamblea General para su votación.

Artículo 23: Las leyes aprobadas por el Congreso Nacional del Pueblo serán anunciadas mediante orden presidencial firmada por el Presidente del Estado.

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