Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Qué incluye el sistema de derecho aeronáutico internacional?

¿Qué incluye el sistema de derecho aeronáutico internacional?

(1) Sistema básico de la aviación internacional

1. Principio de soberanía territorial

2. Sistema de nacionalidad de las aeronaves

La nacionalidad de las aeronaves adopta el principio de “registro”. ”, es decir, la aeronave La nacionalidad depende de su lugar de matrícula, tiene la nacionalidad del país donde está matriculada y solo puede estar matriculada válidamente en un país. Si está registrado en dos países al mismo tiempo, su nacionalidad no es válida. Las aeronaves que realicen vuelos aéreos internacionales tendrán las correspondientes marcas de nacionalidad y marcas de matrícula, y las aeronaves se regirán por las leyes del país de matrícula.

(2) Responsabilidad por daños en la aviación civil internacional

El Convenio de Varsovia de 1929 estipula la responsabilidad por daños en la aviación civil internacional. El Convenio de Montreal de 1975 ha sido revisado y ahora adopta el principio. de presunción de culpa.

(3) Sistema de seguridad de la aviación civil internacional

Tres convenios contra el secuestro, a saber, el Convenio de Tokio de 1963, el Convenio de La Haya de 1970 y el Convenio de Montreal de 1971.

Los tres convenios más importantes a este respecto son el Convenio sobre los delitos y ciertos otros actos cometidos a bordo de aeronaves (Convenio de Tokio), el Convenio para la represión del apoderamiento ilícito de aeronaves (Convenio de La Haya) y el Convenio para la represión de actos ilícitos que ponen en peligro la seguridad de la aviación civil (Convenio de Montreal) (China se ha adherido a estos tres convenios). Además, el Protocolo de Montreal complementa el Convenio de Montreal antes mencionado. En 1991 se publicó otro Convenio de Montreal al respecto, denominado Convenio sobre la adición de agentes identificadores a los explosivos plásticos con fines de detección.

1. Los actos que ponen en peligro la seguridad de la aviación civil incluyen:

(1) El uso de violencia o coerción violenta u otros medios coercitivos para secuestrar o controlar ilegalmente una aeronave en vuelo. El comportamiento violento de las personas; a bordo del avión es suficiente para poner en peligro la seguridad del mismo. (2) Llevar a cabo actos específicos que incapaciten a una aeronave para volar o pongan en peligro su seguridad de vuelo, incluyendo: destruir o dañar una aeronave en uso, colocar dispositivos o sustancias en una aeronave en uso que pongan en peligro su seguridad de vuelo y enviar información que sea conscientemente falso.

2. Tienen jurisdicción los siguientes países:

El país donde está matriculada la aeronave, es decir, el delito ocurrió en una aeronave matriculada en ese país, que es el país de aterrizaje. es decir, la aeronave donde ocurrió el delito aterrizó en ese país mientras aún se encontraba en la aeronave en el país donde se encuentra el lugar principal de negocios o residencia habitual del arrendatario, es decir, el delito ocurrió en equipo de aviación sin tripulación al momento del alquiler; el país donde se encuentra el sospechoso; el país de nacionalidad o residencia permanente del sospechoso; los estados territoriales, los estados cuya seguridad; está en peligro por el crimen y otros Estados que ejercen jurisdicción conforme a sus propias leyes.

3. Extradición "o principio aut dedere aut judicare" el secuestro es un delito extraditable y los países no están obligados a exigir la extradición. Los países pueden decidir si conceden la extradición basándose en acuerdos de extradición o en la legislación nacional. Extradición sin proceso.