¿Se puede acordar el precio de la transferencia de activos de empresas estatales?
De acuerdo con las "Medidas Provisionales para la Administración de la Transferencia de Derechos de Propiedad Estatal de las Empresas" promulgadas por la Comisión de Administración y Supervisión de Activos Estatales y el Ministerio de Finanzas el 31 de febrero de 2003 (Estado Comisión de Administración y Supervisión de Activos de propiedad estatal, Orden del Ministerio de Finanzas No. 3), el precio de transferencia de los derechos de propiedad estatales de las empresas se basará en los activos. Con base en los resultados de la evaluación, se forma una licitación pública en el mercado de comercio de derechos de propiedad. Las instituciones de comercio de derechos de propiedad deben explorar activamente nuevos métodos de transacción de licitación de acuerdo con el principio de favorecer la competencia. ①El precio de cotización inicial para la transferencia de los derechos de propiedad estatal de una empresa no podrá ser inferior a los resultados de la tasación de activos aprobados o registrados. Si no hay intención de transferir al cesionario después de la licitación pública, el cedente puede determinar un nuevo precio de cotización en función de la situación de la empresa objetivo y anunciarlo nuevamente si el nuevo precio de cotización a determinar es inferior al 90% del; el resultado de la tasación de activos, se debe obtener un consentimiento por escrito de la agencia de aprobación de transferencia de derechos de propiedad correspondiente. (2) Si después de la licitación pública solo surge un cesionario previsto, el precio de transferencia se determinará sobre la base del precio cotizado. (3) El reasentamiento de empleados, el seguro social y otros gastos relacionados involucrados en la transferencia de derechos de propiedad estatal de una empresa no se deducirán de los activos estatales netos que se transferirán antes de la valoración y fijación de precios, ni se deducirán de el precio de transferencia. 4) El precio de transferencia de los derechos de propiedad estatal de las empresas constituidas públicamente en el mercado de comercio de derechos de propiedad no se descontará ni se favorecerá bajo la condición de ningún método de pago.