Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Cuáles son los beneficios legales de que un marido y una mujer compartan el mismo patrimonio?

¿Cuáles son los beneficios legales de que un marido y una mujer compartan el mismo patrimonio?

Los principios para dividir los derechos de las partes de marido y mujer incluyen: el principio de voluntariedad, el principio de distinción, el principio de hacer el mejor uso de la propiedad, el principio de compensación, etc. Según las disposiciones legales pertinentes, si el marido y la mujer no pueden llegar a un acuerdo sobre la división y la participación de los bienes, el tribunal popular puede distribuirlos en proporción a la cantidad.

Base jurídica

Artículo 73 de la Interpretación del Tribunal Popular Supremo sobre la aplicación de la parte del Código Civil de la República Popular China sobre matrimonio y familia.

Cuando el tribunal popular conozca de un caso de divorcio que implique la división del aporte de capital de un cónyuge en una sociedad de responsabilidad limitada a nombre de uno de los cónyuges, y el otro cónyuge no sea accionista de la sociedad, se tramitará por separado conforme a las siguientes circunstancias:

(1) Si ambos marido y mujer negocian y acuerdan transferir parte o la totalidad del aporte de capital al cónyuge del accionista, y más de la mitad del otro los accionistas están de acuerdo, y los demás accionistas han renunciado claramente a su derecho de preferencia, el cónyuge del accionista puede convertirse en accionista de la empresa;

(2) Si más de la mitad de los demás accionistas no están de acuerdo en transferir el aporte de capital, y la pareja transfiere el precio después del consenso, pero está dispuesta a comprar el aporte de capital en igualdad de condiciones, el tribunal popular puede dividir la propiedad obtenida de la transferencia del aporte de capital. Si más de la mitad de los demás accionistas no están de acuerdo con la transmisión o no están dispuestos a comprar capital en las mismas condiciones, se considerará que ésta ha aceptado la transmisión, pudiendo el cónyuge del accionista convertirse en accionista de la sociedad.