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Normativa de gestión de vallas publicitarias en tiendas

Análisis legal: En las fachadas, techos, puertas y ventanas de los edificios (estructuras) que dan a la calle no se permite colgar, publicar, escribir lemas promocionales, carteles publicitarios, letreros, pegatinas ni colocar pantallas electrónicas externas en ambos lados de ellas; Las calles principales y áreas clave, los edificios que dan a la calle, los muros cortina de vidrio transparente, las puertas y ventanas no deberán publicar ni escribir lemas promocionales ni carteles publicitarios, letreros, etiquetas ni instalar pantallas electrónicas externas sin autorización. Cualquiera que viole las regulaciones pertinentes recibirá la orden de la administración de la ciudad y el departamento administrativo de aplicación de la ley de hacer correcciones dentro de un límite de tiempo y podrá recibir una multa de 500 a 100 yuanes. Cualquiera que instale una pantalla electrónica externa sin autorización deberá realizar correcciones dentro de un plazo; si la corrección no se realiza dentro del plazo, se le podrá imponer una multa de no menos de 500 yuanes pero no más de 5.000 yuanes; .

Base legal: “Reglamento de la República Popular China sobre Divulgación de Información”.

Artículo 7 Los gobiernos populares en todos los niveles deben promover activamente la divulgación de información gubernamental y aumentar gradualmente el contenido de la divulgación de información gubernamental.

Artículo 8 Los gobiernos populares en todos los niveles fortalecerán la estandarización y la gestión de la informatización de los recursos de información del gobierno, fortalecerán la construcción de plataformas de divulgación de información gubernamental en línea, promoverán la integración de las plataformas de divulgación de información del gobierno y las plataformas de servicios gubernamentales, y mejorar el nivel de procesamiento de la plataforma de divulgación de información gubernamental en línea.

Artículo 9 Los ciudadanos, las personas jurídicas y otras organizaciones tienen derecho a supervisar la labor de divulgación de información gubernamental de los organismos administrativos y a formular críticas y sugerencias.