Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Es la amante legalmente responsable del divorcio?

¿Es la amante legalmente responsable del divorcio?

Las relaciones extramatrimoniales, el divorcio y terceros no necesitan asumir responsabilidad legal y solo deben ser condenados por la opinión pública moral. Según las disposiciones legales pertinentes, a menos que la otra parte cumpla con la constitución pertinente de bigamia, no es un acto ilegal o criminal. La pena estándar para el delito de bigamia es de prisión de hasta dos años.

La bigamia es un delito penal y está sujeto a sanciones penales; "un cónyuge que vive con otra persona" sólo tiene responsabilidad civil, y sólo aquellos que no tienen culpa pueden reclamar los daños y perjuicios correspondientes si ocasionalmente tiene relaciones extramatrimoniales; sexo con el sexo opuesto, Generalmente, no existe responsabilidad civil. En un divorcio causado por adulterio, si la parte sin culpa tiene pruebas suficientes, la otra parte debe asumir la responsabilidad por culpa y la parte sin culpa puede dividir adecuadamente los bienes.

No existe una regulación clara sobre qué responsabilidad legal debe asumir la "amante" en los casos de divorcio causados ​​por la intervención de la "amante". La razón por la que no existe una regulación es que, por un lado, algunas "amantes" no son conscientes de que la otra parte está casada, e incluso la "amante" a veces es una "víctima". Por otro lado, mantener un matrimonio es más una obligación para ambas partes del matrimonio y los conflictos en el matrimonio son inevitables. Ambas partes del matrimonio median activamente en la relación entre marido y mujer basándose en el principio de comprensión y acomodación mutuas.

No es jurídicamente viable responsabilizar a la “amante” desde la perspectiva de vulnerar los derechos del cónyuge. Una posible forma es que la "amante" haya violado los derechos de propiedad de la parte perjudicada en el matrimonio. Por ejemplo, es común que la pareja infiel compre objetos de valor y una casa para la "amante".

Base Legal

Artículo 180 de la Ley Penal de mi país: El que tenga cónyuge y cometa bigamia, o que a sabiendas se case con otra persona que tenga cónyuge, será sancionado con pena fija. pena de prisión no superior a dos años o prisión preventiva.