¿Tiene validez jurídica el contrato de traspaso de vivienda firmado por la mujer que utiliza su préstamo hipotecario sin su conocimiento?
1. A solicitud del Tribunal Supremo Popular
2. Artículo 106 de la "Ley de Propiedad": Si una persona no tiene derecho a disponer de bienes inmuebles o muebles. lo transfiere al cesionario, el propietario El cesionario tiene derecho a recuperarlo, salvo disposición legal en contrario, el cesionario adquiere la propiedad del inmueble o bien mueble en cualquiera de las siguientes circunstancias:
El el cesionario es de buena fe al aceptar el inmueble o bien mueble;
p>(2) La transferencia a un precio razonable;
(3) El inmueble o bien mueble transferido que debe inscribirse conforme a la ley se ha registrado, y se ha entregado al Cesionario el inmueble o bien mueble transferido que no necesita inscripción.
Si el cesionario obtiene la propiedad de bienes inmuebles o muebles de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, el propietario original tiene derecho a exigir una indemnización a quien no tiene derecho a disponer de ellos.
Si las partes adquieren de buena fe otros derechos reales, se aplicará mutatis mutandis lo dispuesto en los dos párrafos anteriores.