¿Son válidos los certificados de calificación que poseen los trabajadores de servicios legales a nivel de tumba después de que dejan de ejercer?
Medidas para la gestión de los trabajadores de los servicios jurídicos de base Artículo 46 Los trabajadores de los servicios jurídicos de base solicitarán cada año a los órganos administrativos judiciales el registro anual de los certificados de práctica de los trabajadores de los servicios jurídicos.
Nadie podrá continuar ejerciendo sin el registro anual.
Artículo 47 El registro anual de certificados de práctica de los trabajadores de servicios jurídicos de base será organizado e implementado por el organismo administrativo judicial responsable del registro de práctica antes del 31 de marzo de cada año.
Artículo 48 Cuando los trabajadores de servicios legales de base soliciten el registro anual de licencias de práctica, deberán presentar los siguientes materiales:
(1) Revisión personal de la práctica del año anterior y resumen de cumplimiento profesional. de ética y disciplinas profesionales;
(2) Dictamenes de evaluación anual sobre el desempeño profesional de los trabajadores de servicios jurídicos de base emitidos por las oficinas de servicios jurídicos de base;
(3) Certificado de práctica de trabajo de servicios jurídicos .
Artículo 49: Los materiales presentados por los trabajadores de servicios legales de base para el registro anual de licencias de práctica serán presentados por la oficina de servicios legales de base a la agencia administrativa judicial a nivel del condado donde estén domiciliados para su revisión, y los dictámenes de revisión se emitirán y luego se informarán a cada nivel y se enviarán a la autoridad de registro.
Artículo 50 La autoridad de registro revisará el estado de finalización del trabajo, el cumplimiento de la ética profesional y las disciplinas de práctica de los trabajadores de servicios legales de base en el año anterior, y otorgará licencias de práctica anuales a aquellos que cumplan con las condiciones para continuar la práctica. . Registro.
Si se aprueba el registro anual, la autoridad registradora estampará el sello de registro anual en su "Certificado de Práctica para Trabajadores de Servicios Jurídicos".
Artículo 51: Si tras la revisión se presenta alguna de las siguientes circunstancias, la autoridad registradora suspenderá el registro anual de los certificados de práctica de los trabajadores de servicios jurídicos de base:
(1) Debido a la violación de las disciplinas profesionales O las normas de gestión pertinentes son investigadas y sancionadas por órganos administrativos judiciales o servicios legales de base;
(2) El sospechoso de un delito es archivado para investigación;
(3) Se utiliza fraude para intentar defraudar la inspección anual registrada;
(4) Dejó de ejercer durante seis meses consecutivos debido a enfermedad u otras razones.
Si se suspende el registro anual de certificados de práctica, se notificará a la oficina de servicios legales de base donde trabajan los trabajadores de servicios legales de base y no se les devolverá su "Certificado de Práctica de Trabajadores de Servicios Legales" por el momento. .