Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - Cuatro tipos básicos de deuda

Cuatro tipos básicos de deuda

Hay varios tipos de deuda.

Según diferentes estándares, se puede dividir en las siguientes categorías:

1. Deudas estatutarias y deudas intencionales

1. de conformidad con las disposiciones legales. Las deudas contraídas incluyen las derivadas de infracción, enriquecimiento injusto, gestión sin causa, negligencia contractual y pérdida de bienes.

2. La indemnización se refiere a las deudas que surgen de actos jurídicos, incluidas las deudas que surgen de contratos, las deudas que surgen de actos unilaterales (como anuncios de recompensas, donaciones) y las deudas que surgen de actos multipartitos (generados a partir del establecimiento de una empresa). contratos).

En segundo lugar, deuda laboral y deuda financiera

1. La deuda laboral se refiere a la deuda en la que el acreedor debe prestar ciertos servicios para cumplir con la deuda, como contrato de encomienda, contrato de trabajo, desempeño. contrato, contratos docentes, etc. Las deudas por servicios laborales tienen un objeto, pero no hay objeto.

2. Deuda de propiedad significa que el deudor debe pagar una cierta cantidad de propiedad para cumplir con la deuda, como contrato de compraventa, contrato de arrendamiento, contrato, responsabilidad extracontractual, etc. Una deuda inmobiliaria se compone del objeto y del objeto.

3. Tipos de deuda y deudas específicas

1. La deuda por categoría se refiere a una deuda que sólo expresa la materia en términos de categoría y cantidad, es decir, una deuda en la que el el tema es una especie. Las especies son cosas que tienen la misma cualidad y pueden ser reemplazadas por la misma cosa.

2. Deuda específica significa que el objeto del pago es una deuda específica. Los objetos específicos incluyen:

(1) Cosas únicas, como una casa, un terreno y un manuscrito;

(2) Originalmente una especie, el perpetrador. se convierte en algo concreto después de ser formulado; si A elige un ternero recién nacido en el establo de B, se acuerda que B se lo dará a A después de 6 meses. Este ternero era originalmente una especie, pero después de ser formulado por A, se convirtió en algo especial...

Cuarto, deuda simple y deuda de elección

1. una deuda con un solo objeto. Por ejemplo, A y B coinciden en que "A venderá 50 ovejas y 65.438+00 vacas a B. Esto es una simple deuda, porque aunque hay muchas canciones sobre el tema, solo hay un tema".

2. La deuda selectiva se refiere a una deuda con múltiples objetivos, de los cuales sólo uno puede liquidarse y realizarse de forma selectiva. Una vez pagada la deuda seleccionada, se convertirá en deuda simple.

Por ejemplo, el Partido A compró un hervidor eléctrico del Partido B. El hervidor eléctrico perdió electricidad debido a un defecto, por lo que el Partido B se quemó. Según el contenido del Código Civil, la Parte B tiene derecho a reclamar responsabilidad extracontractual o por incumplimiento de contrato a la Parte A. Se trata de una deuda de elección.

1. Deuda única, es decir, deuda en la que tanto el acreedor como el deudor son una sola persona.

2. Deudas de múltiples personas, es decir, deudas de más de dos acreedores o deudores.

Nota: Sólo una misma deuda se puede dividir en deuda única y deuda mayoritaria. Si los deudores de dos deudas son solidariamente responsables según la ley, por ser dos deudas, no pueden considerarse deudas de la mayoría.

5. Deuda hipotecaria y deuda solidaria.

1. La deuda proporcional se refiere a una deuda en la que una de las partes de la deuda es mayoritaria y cada parte tiene derechos o soporta la deuda según una determinada proporción.

Si hay dos o más acreedores, es derecho de acreedor; si hay más de dos deudores, es fianza.

2. Las deudas solidarias se refieren a deudas en las que cualquier acreedor mayoritario tiene derecho a exigir a la otra parte el cumplimiento de todas las deudas, o cualquier deudor mayoritario está obligado a cumplir todas las deudas.