Base del IVA
1. El depósito que cobran los contribuyentes por el alquiler o préstamo de materiales de embalaje para la venta de bienes se calcula por separado y no se incluye en el impuesto comercial. Sin embargo, para los depósitos que no se devuelven debido al reciclaje vencido de los envases, se cobrará el impuesto al valor agregado de acuerdo con la tasa impositiva aplicable al empaque.
2 Los contribuyentes venden productos con descuento; Si el volumen de ventas y el monto del descuento se indican por separado en la misma factura, el impuesto al valor agregado se puede cobrar con base en el volumen de ventas descontado; si el monto del descuento se factura por separado, el monto del descuento no se deducirá del monto de las ventas; independientemente de cómo lo maneje el departamento financiero;
3. Cuando un contribuyente vende bienes mediante intercambio, el precio de venta se determinará con base en el precio de venta de nuevos productos en el mismo período. Si un contribuyente vende bienes mediante reembolso de principal, el monto del reembolso de principal no se deducirá del volumen de ventas.
4. Si el contribuyente necesita formar un valor imponible para determinar las ventas porque el precio de venta es obviamente bajo o no hay precio de venta, la tasa de beneficio de costo en la fórmula de precio grupal es del 10%. Sin embargo, para los bienes que están sujetos al impuesto al consumo a un tipo de precio fijo, el margen de beneficio en costos en la fórmula del grupo de precios es la tasa de beneficio en costos estipulada en las "Disposiciones sobre determinadas cuestiones específicas relativas al impuesto al consumo".
Base jurídica: Artículo 2 del “Reglamento Provisional de la República Popular China sobre el Impuesto al Valor Añadido”.
Tasa del impuesto al valor agregado:
(1) Salvo disposición en contrario en los puntos 2, 4 y 5 de este artículo, la tasa del impuesto para los contribuyentes que vendan bienes, servicios, bienes tangibles servicios de arrendamiento de bienes muebles o bienes importados es del 17%.
(2) Los contribuyentes que vendan servicios de transporte, servicios postales, telecomunicaciones básicas, servicios de construcción y arrendamiento de inmuebles, vendan bienes inmuebles, transfieran derechos de uso de suelo, vendan o importen los siguientes bienes, la tasa del impuesto es del 11% :
1. Granos, aceite vegetal comestible, sal comestible y otros productos agrícolas;
2. Agua del grifo residencial, calefacción, aire acondicionado, agua caliente, gas, gas licuado de petróleo, gas natural, éter dimetílico, biogás, productos del carbón;
3 libros, periódicos, revistas, productos audiovisuales y publicaciones electrónicas;
4. maquinaria agrícola, películas plásticas;
5. Otros productos especificados por el Consejo de Estado.
(3) Salvo disposición en contrario en los numerales 1, 2 y 5 de este artículo, la tasa impositiva para los contribuyentes que venden servicios y activos intangibles es del 6%.
(4) Sin embargo, los contribuyentes exportan bienes a una tasa impositiva cero, a menos que el Consejo de Estado estipule lo contrario;
(5) Las ventas transfronterizas de servicios y activos intangibles dentro del alcance prescrito por el Consejo de Estado por parte de entidades e individuos nacionales están sujetas a impuestos cero.
El ajuste de los tipos impositivos será determinado por el Consejo de Estado.
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