Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Qué debo hacer si uno de los cónyuges es elegible para comprar una casa pero el otro no?

¿Qué debo hacer si uno de los cónyuges es elegible para comprar una casa pero el otro no?

Análisis jurídico: La compra de una casa se basa en la unidad familiar y depende de la situación de la parte que no está calificada para comprar una casa. Si la parte que no está calificada para comprar una casa no tiene una casa a su nombre, solo una de las partes puede comprar una casa después del matrimonio. Sin embargo, si la parte que no está calificada para comprar una casa tiene una casa a su nombre, la parte que está calificada para comprar una casa después del matrimonio no puede comprar una casa. Debe comprar una casa antes del matrimonio y obtener el certificado de bienes raíces antes del matrimonio (generalmente, se necesitan dos años para comprar una casa y entregarla, y puede obtener el certificado de bienes raíces uno o dos años después de entregar la casa) .

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 1062 Son bienes comunes del marido y la mujer los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante la relación matrimonial y Pertenecen al marido y a la mujer:

(1) Salarios, bonificaciones y remuneraciones por servicios laborales;

(2) Ingresos provenientes de la producción, operación e inversión;

(3) Rentas por derechos de propiedad intelectual;

(4) Bienes heredados o donados, salvo lo previsto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley;

(5) Los demás propiedad que debería pertenecer a * * *. El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes.

Artículo 1063 Son bienes muebles de uno de los cónyuges los siguientes bienes:

(1) Los bienes prematrimoniales de una de las partes;

(2) Los bienes de una de las partes adquirido debido a lesiones personales Compensación o compensación;

(3) Propiedad determinada como perteneciente solo a una de las partes en el testamento o contrato de donación;

(4) Necesidades diarias exclusivas de una de las partes ;

( 5) Otros bienes que deban pertenecer a una de las partes.