¿Qué debo hacer si hay un conflicto entre las leyes de tránsito locales y las leyes de tránsito nacionales?
Artículo 87 de la Ley Legislativa La Constitución tiene el máximo efecto jurídico. Todas las leyes, reglamentos administrativos, reglamentos locales, reglamentos autónomos y reglamentos y normas particulares no deben entrar en conflicto con la Constitución. El efecto jurídico del artículo 88 de la Ley de Legislación es superior al de los reglamentos administrativos, los reglamentos y las normas locales. Las regulaciones administrativas son más efectivas que las regulaciones y reglas locales. Artículo 89 de la Ley de Legislación: Las regulaciones locales son más efectivas que las regulaciones del gobierno local en el mismo nivel o en niveles inferiores. Las regulaciones formuladas por los gobiernos populares de las provincias y regiones autónomas son más efectivas que las regulaciones formuladas por los gobiernos populares de las ciudades divididas en distritos y prefecturas autónomas dentro de sus propias regiones administrativas. Artículo 90 de la Ley Legislativa Cuando las leyes, reglamentos administrativos y reglamentos locales sean modificados por reglamentos autónomos y reglamentos particulares de conformidad con la ley, se aplicarán en esta región autónoma las disposiciones de los reglamentos autónomos y reglamentos particulares. Si las leyes, reglamentos administrativos y reglamentos locales se revisan de acuerdo con la autorización, se aplicarán las disposiciones de las leyes y reglamentos en esta zona económica especial.