Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Cuáles son las disposiciones legales para tocar los senos de otras mujeres mientras se bebe alcohol?

¿Cuáles son las disposiciones legales para tocar los senos de otras mujeres mientras se bebe alcohol?

Beber alcohol y tocar los senos de otras mujeres son delitos de indecencia.

El delito de abuso sexual o humillación forzosa de mujeres se manifiesta objetivamente como el acto de molestar o humillar forzadamente a mujeres mediante violencia, coerción u otros medios. En primer lugar, subjetivamente, el comportamiento del perpetrador de abusar sexualmente e insultar a las mujeres tiene la característica esencial de violar la voluntad de las mujeres. Contra la voluntad de la mujer, es decir, sin su verdadero consentimiento.

Si las mujeres están de acuerdo con el comportamiento del perpetrador, no se puede establecer el delito de indecencia forzada y humillación de la mujer. Las mujeres están de acuerdo con todo tipo de comportamientos obscenos y obscenos cometidos por los perpetradores. Si usas lenguaje obsceno para coquetear, no es un insulto para las mujeres. En segundo lugar, el perpetrador utiliza la violencia, la coerción u otros métodos para forzar, molestar o humillar a las mujeres. En cuanto a la definición de "violencia", la llamada violencia se refiere al uso de medios violentos como golpear, atar, amordazar, asfixiar y reprimir. Vulnerando la seguridad personal o la libertad personal de la víctima, haciendo que la mujer no pueda resistir. La llamada coerción se refiere al uso de amenazas, intimidación y otros medios para coaccionar mentalmente a las mujeres victimizadas para que no puedan resistir.

Los llamados otros medios se refieren a otros medios además de la violencia y la coerción que hacen que las mujeres sean incapaces de resistir y no sepan resistir. En cuanto a la explicación de la "obscenidad", la denominada obscenidad se refiere a actos obscenos realizados por medios distintos de las relaciones sexuales con el fin de estimular o satisfacer el deseo sexual. El atentado al pudor puede ocurrir entre hombres y mujeres, o entre hombres y mujeres del mismo sexo, pero sólo el atentado al pudor contra mujeres y niños constituye un delito según este artículo. Según este artículo, abusar sexualmente de un hombre que no sea una mujer no constituye un delito. El llamado abuso sexual de mujeres se refiere al comportamiento de tocar, lamer, chupar, besar, abrazar y masturbar a las mujeres.

El artículo 237 de la Enmienda a la Ley Penal cambió “atentado al pudor contra mujeres” por “ataque al pudor contra otras personas”. Por supuesto, “otros” incluye tanto a mujeres como a hombres. Una vez que entre en vigor la novena enmienda del Código Penal, el acoso sexual de hombres también puede constituir un delito en casos graves. Esta entrada se introdujo en la lista de tarifas revisada. La denominada obscenidad se refiere a la conducta obscena llevada a cabo por medios distintos a las relaciones sexuales con el fin de estimular o satisfacer el deseo sexual. El delito de indecencia sólo se refiere al acto de molestar o humillar por la fuerza a un hombre, mujer o niño contra su voluntad mediante violencia, amenazas u otros medios. Las circunstancias son graves y constituyen un delito.