¿Cuál es el fundamento jurídico de la contaminación acústica?
Artículo 29 de la "Ley de Prevención y Control de la Contaminación Acústica" El departamento de medio ambiente ecológico y otros departamentos responsables de la supervisión y gestión de la prevención y control de la contaminación acústica tienen derecho a realizar inspecciones in situ de las unidades o Lugares que generan ruido. La persona inspeccionada informará verazmente de la situación y proporcionará la información necesaria, y no se negará ni obstaculizará. Los departamentos y el personal que realice la inspección mantendrán la confidencialidad de los secretos comerciales conocidos durante la inspección in situ.
El número de inspectores que realicen inspecciones in situ no será inferior a dos y tomarán la iniciativa de presentar sus certificados de cumplimiento de la ley.
Artículo 30. Si la emisión de ruido causa una contaminación grave y se niega a realizar correcciones después de recibir la orden de hacerlo, el departamento de medio ambiente ecológico u otros departamentos responsables de la supervisión y gestión de la prevención y el control de la contaminación acústica podrán sellar y detener los sitios, instalaciones, equipos, herramientas y elementos que generan el ruido.