¿Es legal cobrar tarifas de estacionamiento en complejos de viviendas de reasentamiento?
1. Es legal cobrar tarifas de estacionamiento en comunidades de viviendas de reasentamiento. Las propiedades comunitarias pueden cobrar tarifas de estacionamiento. La tarifa de estacionamiento que cobra la propiedad es una tarifa de almacenamiento y la propiedad del propietario no entra en conflicto con la tarifa de almacenamiento de la propiedad. En términos generales, no es ilegal que las propiedades cobren tarifas de estacionamiento.
2. Base jurídica: Artículo 35 del “Reglamento de Gestión de la Propiedad”.
Las empresas de servicios inmobiliarios deberán prestar los servicios correspondientes de conformidad con lo establecido en el contrato de servicios inmobiliarios.
Si una empresa de servicios inmobiliarios no cumple con el contrato de servicios inmobiliarios y causa daños a la seguridad personal o patrimonial del propietario, asumirá las responsabilidades legales correspondientes de conformidad con la ley.
Artículo 36
Cuando una empresa de servicios inmobiliarios se haga cargo de un inmueble, deberá realizar los trámites de aceptación del inmueble ante la junta de propietarios.
La junta de propietarios entregará a la empresa de servicios inmobiliarios la información especificada en el apartado 1 del artículo 29 de este Reglamento.
Artículo 55
Si la propiedad presenta riesgos para la seguridad que ponen en peligro los intereses públicos y los derechos e intereses legítimos de otros, la persona responsable deberá reparar y mantener con prontitud la propiedad, y los propietarios correspondientes. cooperará.
Si el responsable no cumple con las obligaciones de mantenimiento, con el consentimiento de la junta de propietarios, la empresa de servicios inmobiliarios podrá realizar las reparaciones, y el coste correrá a cargo del responsable.
2. ¿Tengo que pagar tarifas de estacionamiento si la policía de tránsito confisca mi automóvil?
Cuando la policía de tránsito confisca un vehículo, no es necesario pagar tarifas de estacionamiento. Las tarifas de estacionamiento corren a cargo de los órganos de seguridad pública. Los organismos administrativos podrán encomendar a un tercero la conservación de los lugares, instalaciones o bienes sellados, y el tercero no podrá dañarlos, transferirlos o disponer de ellos sin autorización. Si las pérdidas son causadas por un tercero, la agencia administrativa tendrá derecho a recuperar la compensación del tercero previo pago por adelantado. Según las disposiciones legales pertinentes, los órganos administrativos mantendrán debidamente sellados o incautados los lugares, instalaciones o bienes y no los utilizarán ni dañarán si se causan pérdidas, siendo responsables de su indemnización; Los organismos administrativos podrán encomendar a un tercero la conservación de los lugares, instalaciones o bienes sellados, y el tercero no podrá dañarlos, transferirlos o disponer de ellos sin autorización. Si las pérdidas son causadas por un tercero, la agencia administrativa tendrá derecho a recuperar la compensación del tercero previo pago por adelantado. Los gastos de almacenamiento ocasionados por el precintado y la detención correrán a cargo de los organismos administrativos. Las tarifas de almacenamiento de vehículos, es decir, las tarifas de estacionamiento, deben correr a cargo del departamento de policía de tránsito.