"Medidas de la provincia de Sichuan para la implementación de la "Ley de la República Popular China sobre la protección de las personas con discapacidad" (revisada en 2012)
El Comité de Trabajo sobre Discapacidad del gobierno popular local a nivel de condado o superior es responsable de organizar, coordinar, guiar y supervisar los departamentos pertinentes para hacer un buen trabajo en la causa de las personas discapacitadas de acuerdo con las derecho, y estudiar y resolver los principales problemas en el trabajo de las personas con discapacidad.
Los gobiernos populares de los municipios, las oficinas de los subdistritos urbanos y las organizaciones autónomas masivas de base urbanas y rurales deben estar equipadas con personal de tiempo completo (tiempo parcial) para hacer un buen trabajo en la prestación de servicios para personas discapacitadas. Artículo 4 Comprender, respetar, cuidar y ayudar a las personas discapacitadas y apoyar sus causas son responsabilidades comunes de las agencias estatales, los grupos sociales, las empresas e instituciones, las organizaciones autónomas de masas urbanas y rurales y los ciudadanos adultos.
Las agencias estatales, los grupos sociales, las empresas e instituciones y las organizaciones autónomas de masas urbanas y rurales deben hacer un buen trabajo trabajando para las personas con discapacidad de acuerdo con sus respectivas responsabilidades o requisitos de la industria.
Los medios de comunicación como la radio, la televisión, los periódicos e Internet deben fortalecer la publicidad de las leyes y reglamentos sobre la protección de las personas con discapacidad, dar publicidad a los avances en materia de autosuficiencia y asistencia a las personas con discapacidad, y crear una cultura de respeto por las personas con discapacidad en toda la sociedad. Artículo 5 Al formular regulaciones locales, regulaciones gubernamentales o planes de políticas y otros asuntos laborales importantes relacionados con la protección de los derechos e intereses de las personas con discapacidad, se solicitarán las opiniones de organizaciones y representantes de personas con discapacidad. Artículo 6 Las federaciones locales de personas con discapacidad en todos los niveles representan los intereses de las personas con discapacidad, salvaguardan sus derechos e intereses legítimos, unen y educan a las personas con discapacidad y sirven a las personas con discapacidad.
Las federaciones locales de personas con discapacidad en todos los niveles llevan a cabo trabajo para las personas con discapacidad de acuerdo con las leyes, reglamentos, estatutos o encomiendas gubernamentales, movilizan fuerzas sociales y desarrollan causas para las personas con discapacidad. Artículo 7 Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior incluirán fondos para personas discapacitadas en sus presupuestos fiscales, aumentarán gradualmente la inversión en fondos para personas discapacitadas y establecerán y mejorarán un mecanismo de garantía para el crecimiento estable de fondos para personas discapacitadas.
Más del 8% de los fondos reservados por el fondo de bienestar público de la lotería deportiva local se utilizarán para el desarrollo de deportes para personas con discapacidad, y los fondos reservados del fondo de bienestar público de la lotería de bienestar social se destinados al desarrollo en una proporción no inferior al 10%. Los servicios de bienestar para personas con discapacidad y el uso de los fondos están sujetos a supervisión de auditoría de conformidad con la ley. Alentar a las empresas, instituciones, grupos sociales e individuos a proporcionar donaciones y servicios a las personas con discapacidad. Los gobiernos populares locales en todos los niveles y los departamentos pertinentes proporcionarán ayuda financiera a las unidades e individuos que hayan salvaguardado los derechos e intereses legítimos de las personas con discapacidad, desarrollados. causas para las personas con discapacidad y logró logros sobresalientes en el servicio a las personas con discapacidad. Capítulo 2 Rehabilitación Artículo 8 Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior incluirán la rehabilitación de personas discapacitadas en el sistema de seguridad médica básica y el sistema de servicios médicos y de salud básicos, e incluirán los proyectos de rehabilitación médica básica para personas discapacitadas en el sistema médico básico. seguro para residentes urbanos, seguro médico básico para empleados urbanos y nuevo sistema médico cooperativo rural. Artículo 9 Los gobiernos populares locales de todos los niveles y los departamentos pertinentes establecerán, según sea necesario, instituciones públicas de servicios de rehabilitación de bienestar para personas discapacitadas e incorporarán instituciones calificadas de servicios de rehabilitación para personas discapacitadas en la gestión de las instituciones médicas designadas para la seguridad médica básica urbana y rural. Artículo 10 Los gobiernos populares locales de todos los niveles y los departamentos pertinentes organizarán y orientarán las agencias de servicios comunitarios urbanos y rurales, las instituciones médicas preventivas y de atención de la salud, las organizaciones para personas discapacitadas, las empresas de bienestar y las instituciones para personas discapacitadas, las familias de personas discapacitadas y otras fuerzas sociales. establecer y mejorar la rehabilitación comunitaria. Una red de servicios de rehabilitación para personas discapacitadas con instituciones básicas y de rehabilitación como columna vertebral y familias discapacitadas como apoyo para garantizar los derechos de las personas discapacitadas a disfrutar de los servicios de rehabilitación. Artículo 11 Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior establecerán un sistema de asistencia de rescate y rehabilitación para niños discapacitados, darán prioridad a la realización de proyectos de rescate, tratamiento y rehabilitación para niños discapacitados de 0 a 6 años y brindarán servicios que incluyan detección temprana. , orientación en rehabilitación, rehabilitación médica, adaptación de dispositivos de asistencia, formación en rehabilitación y otros servicios de asistencia y rehabilitación. Artículo 12 Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior incluirán a las personas discapacitadas pobres urbanas y rurales calificadas en el alcance de la asistencia médica y aumentarán gradualmente los estándares de asistencia para subsidiar los gastos de rehabilitación no resueltos de las personas discapacitadas pobres a través del seguro médico básico y la asistencia médica; canales, la configuración y sustitución de equipos de rehabilitación y dispositivos de asistencia para personas discapacitadas se subvencionarán de conformidad con las normas pertinentes; Capítulo 3 Educación Artículo 13 Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior incorporarán la educación de las personas con discapacidad en el plan educativo nacional general y el sistema de evaluación y evaluación del desarrollo educativo para garantizar que las personas con discapacidad disfruten de los mismos derechos a la educación.
Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior deben implementar educación preescolar para niños con discapacidades e implementar completamente la educación obligatoria para niños con discapacidades. Desarrollar gradualmente la educación secundaria y superior para personas discapacitadas y conceder importancia al desarrollo de la educación vocacional y técnica para personas discapacitadas. Garantizar que la educación obligatoria para las personas con discapacidad esté conectada con la educación preescolar, la educación secundaria y la educación superior. Artículo 14 Los condados (ciudades, distritos) con una población de más de 300.000 habitantes construirán escuelas de educación especial independientes; los condados (ciudades, distritos) con una población de menos de 300.000 habitantes coordinarán la construcción de una escuela de educación especial dentro de la ciudad y el estado. Se implementará educación obligatoria especial para las personas con discapacidad que estén matriculadas en clases de educación especial en escuelas de educación general o que estén matriculadas en clases especiales. Las personas discapacitadas que puedan recibir educación en escuelas de educación general podrán asistir a clases de educación especial en escuelas de educación general o estudiar en clases ordinarias.