Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - La ley de golpear a los compañeros en la escuela

La ley de golpear a los compañeros en la escuela

Análisis jurídico: Depende de si el estudiante que pelea en la escuela es una persona sin capacidad de conducta civil (menores de 10 años) o una persona con capacidad limitada de conducta civil (10-18 años). En las diferentes etapas, las escuelas tienen diferentes responsabilidades, de la siguiente manera:

1 Según lo dispuesto en el Código Civil de nuestro país:

①1199 Artículo:

. Si una persona sin capacidad para conducta civil sufre daños personales mientras estudia o vive en un jardín de infantes, escuela u otra institución educativa, el jardín de infantes, escuela u otra institución educativa asumirá la responsabilidad, siempre que se pueda probar que las responsabilidades de gestión educativa han sido cumplido, no asume responsabilidad.

②Artículo 1.200:

La persona con capacidad limitada para la conducta civil sufre daños personales mientras estudia y habita en una escuela u otra institución educativa, y la escuela u otra institución educativa no cumple Gestión educativa Quienes son responsables deben asumir la responsabilidad.

(3) Artículo 1201:

Las personas sin capacidad para la conducta civil o las personas con capacidad limitada para la conducta civil están sujetas a abusos por parte de jardines de infancia, escuelas u otras instituciones educativas durante sus estudios y Si hay daños personales a una persona que no sea una persona, el autor del daño asumirá la responsabilidad extracontractual; si un jardín de infantes, una escuela u otra institución educativa no cumple con sus responsabilidades de gestión, asumirá la responsabilidad suplementaria correspondiente.

Base jurídica: "Código Civil de la República Popular China"

Artículo 120 Si se infringen derechos e intereses civiles, la parte infringida tiene derecho a exigir al infractor que asuma el daño responsabilidad.

Artículo 119 Si una persona sin capacidad para conducta civil sufre daños personales mientras estudia o vive en un jardín de infancia, escuela u otra institución educativa, el jardín de infancia, escuela u otra institución educativa soportarán la responsabilidad extracontractual de quienes lo prueben; que han cumplido con sus responsabilidades de gestión educativa no serán responsables de la infracción.

Artículo 1.200 Si una persona con capacidad limitada para la conducta civil sufre daños personales mientras estudia o vive en una escuela u otra institución educativa, y la escuela u otra institución educativa no cumple con sus deberes de gestión educativa, deberá soportar responsabilidad extracontractual.