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¿Es ilegal cantar como corista en un ktv?

En primer lugar, si el canto de acompañamiento de KTV es ilegal depende de la situación real. Los detalles son los siguientes:

1. Si el comportamiento personal es solo acompañar vino y cantar, es un servicio comercial de entretenimiento normal y no es ilegal.

2. Tener relaciones sexuales con un cliente y cobrar una tarifa, puede constituir prostitución y es ilegal.

Los lugares de entretenimiento y sus empleados no pueden proporcionar ni participar en acompañamiento con fines lucrativos. El hecho de acompañar a una cantante es sospechoso de prostitución. La prostitución es ilegal, pero generalmente no es un delito. Para las empresas que brindan servicios de acompañantes pagados, los órganos de seguridad pública confiscarán sus ganancias ilegales, suspenderán las operaciones para su rectificación o incluso revocarán sus licencias comerciales e impondrán multas. Además, si alguien organiza a menores (menores de 18 años) para que proporcionen servicios de acompañamiento pagados en lugares de entretenimiento, se puede sospechar que organiza a menores para participar en actividades que violen la gestión de la seguridad pública. No es ilegal cantar, pero sí lo es si cantar conduce a otras conductas prohibidas por la ley.

En segundo lugar, introduce los elementos constitutivos del delito de prostitución:

1.Elemento objeto

El objeto de este delito es la orden de gestión de la seguridad social. El delito de atraer, albergar e introducir la prostitución ha contribuido a la proliferación de la prostitución y las actividades de prostitución y provoca graves daños sociales.

El objeto de este delito son los "otros", y "otros" aquí se refiere principalmente a las mujeres, pero también incluye a los hombres. "Otros" pueden ser una sola persona o varias personas, y el número y frecuencia de las presentaciones no afectarán la constitución de este delito.

2. Elementos objetivos

(1) Este delito se manifiesta objetivamente como el acto de seducir, albergar e introducir a otras personas en la prostitución.

(2) Señuelo significa que el perpetrador utiliza dinero, beneficios materiales o beneficios no materiales como cebo, o utiliza otros medios para inducir, seducir, inducir, alentar, seducir e instigar a otros a la prostitución. En cuanto a si la conducta de seducción del perpetrador se lleva a cabo a través de palabras, palabras, acciones, imágenes u otros medios, no tiene nada que ver con el establecimiento de este delito. Que el contenido prometido por el seductor se cumpla y quién lo realice no influye en la tipificación de este delito.

(3) Alojamiento se refiere al acto de proporcionar un lugar u otras condiciones convenientes para que otros se dediquen a la prostitución. El lugar de provisión aquí se refiere al lugar donde el perpetrador organiza que otros se dediquen a la prostitución u otros lugares designados. Por ejemplo, la residencia de larga duración del perpetrador, la casa alquilada temporalmente o la residencia de familiares y amigos que fueron defraudados, así como otros lugares y lugares. Cabe señalar que los lugares aquí no se limitan a casas, sino que también incluyen automóviles, barcos y otros medios de transporte. Proporcionar otras comodidades aquí se refiere a proporcionar al perpetrador los artículos, herramientas y otras condiciones necesarias para la prostitución para otros, como cuidar a otras personas para la prostitución, etc. No importa si la conducta de acomodación del autor se lleva a cabo por iniciativa propia o a petición de la prostituta o del cliente, ni la duración del período de acomodación ni si es rentable o no;

(4) La introducción, comúnmente conocida como "proxenetismo", se refiere al comportamiento de prostitutas y clientes de conectarse y comunicarse entre sí para realizar las actividades de prostitución de otras personas. En la práctica, el método de presentación es principalmente bidireccional, como presentar al cliente al cliente o llevar al cliente a la residencia del cliente para un emparejamiento cara a cara, pero no se excluye la presentación unidireccional, como simplemente proporcionar información al cliente y dejar que el cliente se conecte por su cuenta.

3. Elementos principales

El sujeto de este delito es un sujeto general, es decir, toda persona física que haya alcanzado la edad de responsabilidad penal y tenga capacidad para seducir, amparar. , e introducir a otras personas en la prostitución puede constituir un delito.

4. Factores subjetivos

Subjetivamente, el delito fue intencional. Es decir, el perpetrador sabe que está atrayendo, albergando o introduciendo a otros a la prostitución, sabe que este comportamiento causará daño a la sociedad y espera o persigue tales resultados.

Base legal:

Reglamento de gestión de lugares de entretenimiento

Artículo 14 Los lugares de entretenimiento y sus empleados no cometerán los siguientes actos y no serán personas que ingresen a los lugares de entretenimiento Proporcionar condiciones para cometer los siguientes actos:

(1) Vender o proporcionar drogas, u organizar, forzar, instigar, atraer, engañar o permitir que otros tomen o se inyecten drogas;

(2) Organizar, forzar, inducir, albergar o introducir a otros a la prostitución o prostitución;

(3) Producir, vender o difundir materiales obscenos;

(4) Proporcionar o solicitar fines de lucro; participar en servicios de escolta;

(5) juegos de azar;

(6) participar en cultos y actividades supersticiosas;

(7) otras actividades ilegales y actividades criminales.

A los empleados de los lugares de entretenimiento no se les permite consumir o inyectarse drogas, y no se les permite participar en la prostitución o prostitución en los lugares de entretenimiento y sus empleados no pueden proporcionar condiciones para que las personas que ingresan a los lugares de entretenimiento cometan lo anterior; comportamientos.

Ley Penal de la República Popular China

Artículo 362: Personal de hoteles, servicios de catering, espectáculos culturales, taxis y otras unidades, cuando los órganos de seguridad pública investiguen y traten la prostitución y actividades de prostitución, Si se proporciona información a delincuentes y las circunstancias son graves, la persona será condenada y sancionada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 310 de esta Ley.

Artículo 361 Disposiciones sobre el tratamiento de los actos de organización, coacción, atracción, acogida e introducción de la prostitución por parte de personas en unidades específicas del personal de hoteles, servicios de restauración, industrias de espectáculos culturales, empresas de taxis y otras unidades. uso El que, en sus propias condiciones, organice, obligue, induzca, acoja o introduzca a otros en la prostitución, será condenado y sancionado conforme a lo dispuesto en los artículos 358 y 359 de esta Ley.

Si el responsable principal de la unidad señalada en el párrafo anterior comete el delito previsto en el párrafo anterior, será severamente castigado.