Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - Las medidas correctoras de externalidades incluyen ().

Las medidas correctoras de externalidades incluyen ().

Las medidas correctivas para las externalidades incluyen impuestos, subsidios, medidas legales, mercados de derechos comerciales y medidas regulatorias.

1. Fiscalidad: Gravar a las entidades económicas con externalidades negativas para internalizar los costos externos y reducir los impactos negativos.

2. Subsidios: Proporcionar subsidios a entidades económicas con externalidades positivas para incentivarlas a desarrollar aún más beneficios sociales.

3. Medios legales: Regular el comportamiento de las entidades económicas a través de medios normativos como leyes y regulaciones, reduciendo así las externalidades negativas.

4. Mercado de derechos comerciales: mediante el establecimiento del mercado de derechos comerciales, diferentes entidades económicas pueden realizar transacciones, logrando así la internalización de externalidades.

5. Medidas de supervisión: Supervisar las entidades económicas que generan externalidades para garantizar que su comportamiento no cause demasiados impactos negativos en la sociedad.

Reflejo de externalidades

Las externalidades se refieren al impacto de las actividades de producción y consumo de una entidad económica sobre otras entidades económicas. Este impacto no puede reflejarse ni ajustarse a través de mecanismos de mercado. El impacto de las externalidades en la eficiencia económica radica en la diferencia entre la cantidad proporcionada por los particulares y la cantidad requerida por la sociedad. Esto puede explicarse por los costos privados y sociales y sus beneficios privados y sociales.

Si una actividad tiene un impacto económico externo negativo, entonces la actividad impone costos positivos a otras unidades económicas, por lo que el costo social es mayor que el costo privado; a la inversa, en condiciones de impacto externo positivo, el social; Costo menor que el costo privado. Si el ingreso privado es mayor que el ingreso social, la unidad económica ejerce un impacto externo negativo; si el ingreso privado es menor que el ingreso social, la unidad económica ejerce un impacto externo positivo.