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Derecho Económico InternacionalDerecho Económico Internacional

El derecho económico internacional es un derecho emergente. El derecho económico internacional es el término general para las normas jurídicas internacionales y las normas jurídicas nacionales relativas a las relaciones económicas y las organizaciones económicas en la comunidad internacional, es decir, el término general para las leyes y regulaciones que regulan la producción, circulación, flujo de capital, crédito y liquidación de mercancías. , fiscalidad y otras relaciones jurídicas y organismos económicos internacionales. Su alcance incluye el derecho comercial internacional, el derecho internacional de inversiones, el derecho monetario y financiero internacional (ver derecho monetario internacional), el derecho tributario internacional, el derecho de organizaciones económicas internacionales, etc. Derecho Económico Internacional es un departamento jurídico independiente que estudia estos aspectos.

Con el desarrollo de los intercambios y la cooperación económicos internacionales modernos y los profundos cambios en las relaciones económicas internacionales causados ​​por esto, también han surgido nuevos problemas en el comercio internacional, la inversión internacional, los sistemas monetarios y financieros internacionales, la tributación internacional, etc. Cuestiones legales complejas. , el sistema tradicional de departamentos legales ha logrado nuevos avances. El derecho económico internacional refleja este nuevo avance y se convierte en una nueva disciplina en el campo del derecho moderno. Desde la Segunda Guerra Mundial, el estudio del derecho económico internacional ha atraído una amplia atención de los círculos jurídicos de varios países. En conjunto, varias teorías se pueden dividir en dos escuelas: esta visión se basa en la rama tradicional de la teoría del derecho, que parte de teorías y conceptos puros y se atiene estrictamente al derecho internacional y al derecho interno. El límite entre "derecho público" y "derecho privado" sostiene que el derecho económico internacional cae dentro del alcance del derecho público internacional (ver derecho internacional) y no incluye normas de derecho interno. Su figura representativa es G. Schwarzenberg del Reino Unido, quien una vez enumeró las ramas especiales del derecho internacional público de la siguiente manera: derecho de agencias internacionales, derecho de aviación internacional, derecho laboral internacional y derecho económico internacional. Él cree que “el derecho económico internacional es un departamento especial del derecho internacional público, que se ocupa de la propiedad y el desarrollo de los recursos naturales, la producción, circulación y consumo de las cosas, la moneda y las finanzas, otros negocios relacionados con esto y la organización de entidades dedicadas a las actividades antes mencionadas y normas de personalidad jurídica”. Los tratados y las prácticas internacionales son las fuentes del derecho económico internacional. Dividió el derecho económico internacional en dos tipos de regulaciones: una es la regulación de las actividades económicas entre países, como tratados comerciales, acuerdos comerciales de trueque, acuerdos de préstamos intergubernamentales, acuerdos de pago, países incapaces de pagar y otros contratos públicos para cumplir obligaciones de garantía. . Uno es la ley relativa al sistema económico internacional. El derecho interno debería excluirse del campo de estudio del derecho económico internacional.

Yoshio Kanazawa de Japón cree que el derecho económico internacional es un orden jurídico internacional formado desde el punto de vista de la economía internacional en su conjunto para resolver las contradicciones del capitalismo altamente desarrollado, es decir, está sujeto a países a través de ajustes bilaterales o multilaterales. Derecho internacional de las actividades económicas en la sociedad internacional, es decir, la suma total de los tratados. Estas incluyen no sólo normas entre estados, sino también normas entre estados y organizaciones internacionales y entre organizaciones internacionales. Incluye no sólo leyes de control económico internacional, como el Tratado de Asociación Europea del Carbón y del Acero, sino también normas más amplias de coordinación y cooperación económicas internacionales, como la Carta de las Naciones Unidas, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio y los Artículos de Acuerdo del Fondo Monetario Internacional》. Por lo tanto, en general debe entenderse que el derecho económico internacional incluye normas que regulan las actividades económicas internacionales de los estados y las organizaciones internacionales.

El japonés Shinichi Yokokawa también cree que el derecho económico internacional son "las normas jurídicas que estipulan las actividades económicas internacionales principalmente a través de tratados". Dijo que cualquier sistema legal formado con el propósito del desarrollo equilibrado de la cooperación económica internacional y la estabilidad de los intercambios económicos internacionales es derecho económico internacional, que se compone de tratados internacionales y otros sistemas basados ​​en tratados. En cuanto al sistema jurídico internacional de inversiones, considera que pertenece al derecho interno del país exportador de capital y del país importador de capital, y también pertenece al derecho internacional entre dos o más países. Tiene las características de fluidez y debería pertenecer a un sistema jurídico independiente fuera del ámbito del derecho económico internacional.

En definitiva, esta escuela entiende el derecho económico internacional como “derecho económico internacional”. También en China hay juristas internacionales que sostienen esta opinión. M. Katz y K. Brewster, de Estados Unidos, también propusieron que se debe superar la unilateralidad de la investigación jurídica tradicional, enfatizando la ruptura de las fronteras aisladas del derecho internacional público, el derecho internacional privado y el derecho comparado, centrándose en la penetración mutua. del derecho internacional y del derecho interno, y centrándose de manera integral en las personas físicas y jurídicas, las cuestiones jurídicas de todas las transacciones internacionales y las relaciones entre países y organizaciones internacionales son el objeto de investigación. Creen que el derecho económico internacional es un término general para las normas jurídicas que regulan las transacciones económicas internacionales, incluidos dos tipos de normas jurídicas: una es el derecho de relaciones exteriores, como el derecho interno (derecho público y derecho privado), el derecho internacional privado y los tratados. entre dos países; el otro es el derecho de relaciones exteriores. Derecho administrativo internacional, como los tratados multilaterales.

Otros, como W.G. Friedman, A.A. Toros, A.F. Lowenfield de los Estados Unidos, A. Wedreau de Austria, G. Eller de Alemania, Yasuo Sakurai de Japón, etc., se inclinan por esta opinión. Creen que el derecho económico internacional es un "departamento jurídico independiente" o un "orden jurídico único" que no cae dentro del alcance del derecho internacional público e incluye tanto normas jurídicas internacionales como normas jurídicas nacionales.

En China, algunos académicos también sostienen esta opinión, creyendo que el derecho económico internacional es un departamento legal independiente en términos de la inevitabilidad de su surgimiento y desarrollo y sus propias características no pueden ser resumidas por el derecho internacional.

El surgimiento y desarrollo del derecho económico internacional pertenece a la categoría de derecho económico, al igual que el derecho económico interno, se basa en las necesidades objetivas del desarrollo económico. Con la formación del mercado mundial capitalista y el aumento de la exportación de capital, el capital monopolista de varios países ha pasado de controlar el mercado interno a trascender las fronteras nacionales para formar alianzas monopolísticas internacionales (como cárteles internacionales y fideicomisos internacionales), dividiendo así el mundo económicamente y controlar el mercado mundial. En la feroz competencia por el origen de las materias primas, el mercado de ventas, la ubicación de las inversiones, etc.

, para lograr un equilibrio de poder, * * * firmó varios acuerdos con personas de todo el mundo, y estas alianzas monopolísticas lograron compromisos temporales y distribución de beneficios. Aunque estos son sólo acuerdos privados, en esencia, es la combinación de poder estatal y capital monopolista la que comienza a intervenir y controlar la economía internacional. Aquí ya se pueden ver los gérmenes del derecho económico internacional. Después de la Segunda Guerra Mundial, la situación internacional sufrió nuevos cambios. Por un lado, el mundo capitalista enfrenta varios problemas que quedaron de la guerra, como la extrema escasez de materiales en el mundo capitalista, los problemas de seguridad relacionados con la ayuda estadounidense en la recuperación económica europea de posguerra, especialmente la sobreproducción que se avecina después de la guerra y la prevención de la depresión económica y el pánico del mundo capitalista socialista. Como contramedida para resolver este problema a escala internacional, las leyes y regulaciones producidas en el campo económico internacional, tanto internacional como nacional, han logrado un desarrollo sorprendente. Por ejemplo, la "Carta de las Naciones Unidas" sobre el desarrollo de la economía internacional y la garantía del comercio. entre los estados miembros tiene las disposiciones de trato libre y justo, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, el Acuerdo de Bretton Woods (ver "Derecho Monetario Internacional"), varios tratados de organizaciones económicas regionales y legislación sobre relaciones económicas exteriores entre países, etc. Por otro lado, el establecimiento de países socialistas y la formación de un sistema económico socialista llevaron a la desintegración del sistema económico capitalista mundial unificado y abarcador y a la oposición entre los dos sistemas económicos. Al mismo tiempo, con el desarrollo del movimiento de liberación nacional, se aceleró el colapso del sistema colonial. Los países del Tercer Mundo se independizaron uno tras otro y se convirtieron en una nueva fuerza en la política internacional, hasta convertirse en una confrontación colectiva autosuficiente. fuerza contra el colonialismo y la hegemonía económica. De esta manera, la "Cuestión Norte-Sur" (entre países en desarrollo y países industrializados), la "Cuestión Este-Oeste" (entre países socialistas y países capitalistas) y la "Cuestión Sur-Sur" están entrelazadas, entrelazadas y interdependiente, formando un complejo la estructura de las relaciones económicas internacionales. El desarrollo de esta nueva relación económica internacional no sólo enriquece el contenido del derecho económico internacional, sino que esencialmente lo lleva a una nueva etapa de desarrollo. Por ejemplo, la "Cooperación Sur-Sur" de los países en desarrollo ha logrado gradualmente éxito en la lucha por establecer un nuevo orden económico internacional (ver "Derecho Económico Internacional"), lo que llevó a la Asamblea General de las Naciones Unidas a formular y adoptar una serie de declaraciones. , resoluciones y acuerdos regionales, con lo que inicialmente sentó las bases de un nuevo orden económico y jurídico internacional. Por ejemplo, la Resolución de 1962 sobre la Soberanía Permanente sobre los Recursos Naturales, la Declaración y Programa de Acción de 1974 sobre el Establecimiento de un Nuevo Orden Económico Internacional, la Carta de Derechos y Responsabilidades Económicas de los Estados, los países de África, el Caribe y el Pacífico de 1975 y 1979 y Europa * * *. La Carta del Comité Conjunto de Gobierno de los Países Exportadores de Cobre y el Tratado Andino han agregado nuevos contenidos al desarrollo del derecho económico internacional, como el mantenimiento de la soberanía permanente de los recursos naturales en los campos del comercio internacional, la inversión internacional, las finanzas internacionales, la moneda y el crédito, y restringir las acciones de las empresas transnacionales contradicen e impactan el viejo orden económico y legal internacional. Por poner otro ejemplo, basándose en estrategias de desarrollo y bajo la guía de los principios de igualdad, beneficio mutuo y autosuficiencia, los países en desarrollo han formulado varias leyes internas para desarrollar economías extranjeras y ajustar las relaciones económicas relacionadas con el exterior, como el sistema de divisas. La Ley de Gestión, la Ley de Comercio Exterior, la Ley de Inversión Extranjera y la Ley de Impuestos Extranjeros también se han convertido en una parte importante del ajuste de las relaciones económicas internacionales y en una parte importante del derecho económico internacional, que incorporan los importantes principios de la nueva economía internacional moderna. orden.

Debido a que el comercio internacional, la inversión, el crédito y otros intercambios económicos no se limitan a las relaciones entre países y organizaciones internacionales, existe una gran cantidad de intercambios entre personas entre países y entre personas y gobiernos nacionales o organizaciones internacionales. Los problemas jurídicos que plantea no pueden ser resueltos por una sola rama del derecho internacional tradicional o del derecho interno, lo que hace que la penetración mutua y la complementariedad entre el derecho internacional y el derecho interno sean cada vez más notorias. De esta manera, ha surgido y continúa desarrollándose un sistema de derecho económico internacional amplio e independiente que refleja el nuevo orden económico internacional, incluido el derecho internacional y las normas jurídicas nacionales, y que refleja los requisitos objetivos y las tendencias inevitables del desarrollo económico internacional.

El derecho económico internacional tiene características que lo diferencian de otros departamentos jurídicos, ya sea el objeto de sus actos jurídicos, las relaciones jurídicas que regula o las normas jurídicas que contiene. Por tanto, el derecho económico internacional también las tiene. características que las diferencian de otras leyes. Características del Departamento. Incluyendo el derecho internacional y el derecho interno, las actividades económicas internacionales a menudo implican diferentes relaciones jurídicas debido a diferentes sujetos, formando diversas estructuras complejas interrelacionadas. Por lo tanto, el derecho económico internacional incluye tanto las normas jurídicas internacionales, como tratados, acuerdos y prácticas internacionales, como las normas jurídicas nacionales, es decir, el derecho económico relacionado con el exterior. Cuando se trata de una cuestión económica internacional específica, las normas pertinentes del derecho internacional y del derecho interno a menudo necesitan complementarse entre sí para lograr su efecto jurídico. Por ejemplo, la aplicación del sistema de seguro de inversiones en el extranjero en la legislación nacional estadounidense se basa en la celebración de un acuerdo bilateral de protección de inversiones entre Estados Unidos y el país anfitrión. Es decir, las empresas estadounidenses sólo pueden presentar solicitudes en China si invierten en un país. país que tiene un acuerdo bilateral de protección de inversiones con Estados Unidos. Seguro de inversiones (ver acuerdos internacionales de protección de inversiones). Por lo tanto, es difícil comprender el significado de las normas del derecho internacional relacionadas con la economía internacional sin comprender las normas del derecho interno pertinentes; de manera similar, es difícil comprender completamente el significado de las leyes y normas internas relacionadas con la economía internacional sin comprender las normas pertinentes; normas del derecho internacional. Significado; las cuestiones jurídicas en la economía internacional no pueden discutirse unilateralmente y de forma aislada.

Integrar las normas del derecho internacional, el derecho interno, el derecho público y el derecho privado para formar un sistema jurídico unificado es un reflejo objetivo de la diversidad y complejidad de las actividades económicas transnacionales. Éste determina las características de los objetos de investigación y los métodos de investigación del derecho económico internacional, convirtiéndolo en un departamento jurídico independiente.

Esta situación existe no sólo en el derecho económico internacional, sino también en el derecho marítimo internacional. El derecho marítimo internacional es como una materia marginal en el campo de las ciencias naturales, o una materia interdisciplinaria o integral que se forma integrando las dos normas del derecho internacional. y el derecho interno extranjero formado y desarrollado.

Como superestructura, la ley debe adaptarse a la situación económica general y debe ser un reflejo de la situación económica general. La razón por la que el derecho económico internacional debe convertirse en un departamento jurídico independiente es también un reflejo de la realidad objetiva de la compleja estructura de las relaciones económicas internacionales y de una necesidad inevitable de desarrollo económico. Por lo tanto, el estudio del derecho económico internacional también debe partir de la realidad objetiva, utilizar métodos integrales para explorar las cuestiones jurídicas en la economía internacional, romper con las cadenas de las disciplinas jurídicas tradicionales y los conceptos puros, ampliar horizontes y abrir nuevas áreas de investigación jurídica. en amplitud y profundidad y nuevos métodos de investigación.