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Política nacional sobre clases de guardería

Análisis legal: Según las normas pertinentes del Ministerio de Educación, debe manejarse en forma de jardines de infancia, guarderías u otras instituciones educativas privadas. Debe haber un lugar legal, personal calificado (si se ofrecen cursos educativos, también se deben exigir calificaciones académicas) y los requisitos de alfabetización calificados deben dirigirse a al menos los cuatro departamentos de industria y comercio, educación, salud e impuestos. La mayoría de los procedimientos para la clase de guardería incluyen certificados de salud de los empleados, industria y comercio, salud, impuestos, registro en la estación de policía - seguridad, protección contra incendios, instalaciones de protección ambiental que cumplen con los estándares y la solicitud de certificados de calificación.

Base jurídica: “Ley de Promoción de la Educación Privada de la República Popular China”

Artículo 2: Las organizaciones sociales o personas físicas distintas a las instituciones estatales utilizan fondos fiscales no estatales para establecer escuelas y otras escuelas de orientación social Esta ley se aplicará a las actividades de las instituciones educativas. A falta de disposiciones en esta ley, se aplicarán las disposiciones de la Ley de Educación y demás leyes educativas pertinentes.

Artículo 3 La educación privada es una empresa de bienestar público y parte integral de la educación socialista. El Estado aplica la política de fomentar activamente, apoyar vigorosamente, orientar correctamente y gestionar la educación privada de conformidad con la ley. Los gobiernos populares en todos los niveles deberían incorporar la educación privada en los planes nacionales de desarrollo económico y social.

Artículo 4 Las escuelas privadas respetarán las leyes y reglamentos, implementarán políticas educativas nacionales, garantizarán la calidad de la educación y se comprometerán a cultivar diversos talentos para la construcción socialista. Las escuelas privadas deberían implementar el principio de separación de educación y religión. Ninguna organización o individuo podrá utilizar la religión para realizar actividades que obstaculicen el sistema educativo nacional.

Artículo 5: Las escuelas privadas tienen el mismo estatus legal que las escuelas públicas, y el Estado garantiza la autonomía de las escuelas privadas en la gestión de las escuelas. El estado protege los derechos e intereses legítimos de los fundadores, directores, profesores y personal de escuelas privadas y de las personas educadas.