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Aviso de la Administración Estatal de Divisas sobre la Emisión de las "Medidas de Gestión de Divisas para la Inversión en el Extranjero"

Artículo 1 Estas Medidas se formulan con el fin de promover la cooperación económica y tecnológica extranjera, fortalecer la gestión de divisas de las inversiones extranjeras y promover la balanza de pagos internacionales. Artículo 2 El término "inversión extranjera", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a compañías, empresas u otras organizaciones económicas (excluidas las empresas con inversión extranjera) registradas en China que establecen diversos tipos de empresas en el extranjero o compran o participan en acciones (en adelante denominadas empresas de inversión en el extranjero) para dedicarse a actividades de producción y operación.

Las cuestiones cambiarias relacionadas con la inversión en el extranjero se implementarán de conformidad con lo establecido en estas Medidas. Artículo 3 Las empresas u otras organizaciones económicas que planean invertir en el extranjero deben proporcionar la información y los materiales de gestión de divisas del país (región) donde se encuentra la inversión en el extranjero y presentar prueba de la fuente de los fondos en divisas para la inversión antes de solicitar aprobación de inversiones en el extranjero a las autoridades nacionales competentes. El departamento de gestión de divisas es responsable de revisar los riesgos cambiarios de la inversión y las fuentes de fondos en divisas, y redactar conclusiones por escrito en un plazo de 30 días. Artículo 4 Las empresas, empresas u otras organizaciones económicas que hayan sido aprobadas para invertir en el extranjero (en adelante, inversores nacionales) deberán pasar por los procedimientos de registro y envío de fondos en divisas ante el departamento de gestión de divisas con los siguientes materiales:

(1) ) Documentos de aprobación de las autoridades nacionales competentes;

(2) Conclusiones escritas del departamento de gestión de divisas sobre la revisión de los riesgos cambiarios y las fuentes de fondos en divisas;

Contratos de proyectos de inversión u otros documentos que puedan demostrar que los inversores nacionales Documentación del monto de los fondos en divisas a remitir.

Al tramitar los procedimientos de registro y envío de fondos de inversión en divisas previstos en el párrafo anterior, el departamento de gestión de divisas deberá revisar las fuentes de fondos de inversión en divisas de los inversores nacionales. Artículo 5 Al registrarse, los inversores nacionales deberán pagar un depósito de ganancias por remesas (en lo sucesivo, el depósito) a una tasa del 5% de los fondos en divisas remitidos. El margen se depositará en la cuenta bancaria especial designada por el departamento de administración de divisas. Cuando los beneficios acumulados remitidos alcancen el importe de los fondos en divisas remitidos, se reembolsará el depósito. Los intereses sobre los depósitos de margen se pagarán a los inversores nacionales de conformidad con las normas nacionales.

Si a los inversores nacionales les resulta difícil depositar depósitos, pueden comprometerse por escrito con el departamento de gestión de divisas a garantizar que las empresas de inversión extranjeras puedan repatriar sus beneficios u otros ingresos en divisas a tiempo. Artículo 6 Las ganancias u otras ganancias cambiarias obtenidas por inversores nacionales a partir de inversiones en el extranjero deben transferirse de regreso al país dentro de los seis meses posteriores al final del año contable local y deben liquidarse en divisas o retenerse de acuerdo con las regulaciones nacionales. Sin la aprobación del departamento de gestión de divisas, no podrán utilizarse para otros fines ni almacenarse en el extranjero sin autorización. Artículo 7 Las ganancias u otras ganancias en divisas recibidas por los inversores nacionales de empresas de inversión extranjeras se retendrán en su totalidad dentro de los cinco años siguientes a la fecha de establecimiento de la empresa de inversión extranjera. Después de cinco años, la retención se calculará de acuerdo con las normas nacionales pertinentes. regulaciones. Artículo 8 Las empresas de inversión extranjeras pueden recaudar fondos por sí mismas de acuerdo con las necesidades comerciales, pero sin la aprobación de la Administración Estatal de Divisas, sus inversores nacionales no les proporcionarán garantías de ninguna manera. Artículo 9 Los inversores nacionales deberán presentar los estados contables anuales de las empresas con inversión extranjera, incluidos los balances y los estados de pérdidas y ganancias, a la oficina de cambio de divisas dentro de los seis meses siguientes al final del año contable local. Artículo 10 Si una empresa con inversión extranjera cambia su capital, sus inversores nacionales deberán informar con antelación al departamento de aprobación original para su aprobación y al departamento de administración de divisas para su presentación. Artículo 11 Cuando los inversores nacionales transfieran acciones de empresas con inversión extranjera, deberán presentar un informe de transferencia de acciones al departamento de gestión de divisas y remitir los ingresos en divisas dentro de los 30 días siguientes a la transferencia. Artículo 12 Después de que una empresa con inversión extranjera sea legalmente cerrada o disuelta de acuerdo con las leyes del país (región) donde está ubicada, sus inversionistas nacionales transferirán los activos en divisas que merecen de regreso al país y no se apropiarán indebidamente de ellos para otros fines o almacenarlos en el extranjero sin autorización. Artículo 13 Si una empresa con inversión extranjera no envía ganancias u otros ingresos en divisas de acuerdo con el plan de ganancias, sus inversores nacionales deberán informar la falta de cumplimiento del plan de ganancias a tiempo o las pérdidas operativas al departamento de gestión de divisas. Sin razones justificables, el departamento de gestión de divisas podrá vender una proporción correspondiente de divisas del margen al Estado si no se abre una cuenta de margen; el importe correspondiente se deducirá de las divisas retenidas por los inversores nacionales y se entregará al Estado; Estado, pero el monto de la deducción acumulada no excederá el monto remitido del 20% del monto de los fondos en divisas. Artículo 14 Quien viole las disposiciones de los artículos 6, 11 y 12 de estas Medidas será ordenado por el departamento de gestión de divisas a repatriar a los inversores nacionales dentro de un plazo determinado y podrá imponer una multa del 20% al 10% del monto de la Fondos nacionales repatriados. Multas cambiarias.

Por violaciones de los artículos 9 y 10 de estas Medidas, si las circunstancias son graves, el departamento de gestión de divisas puede imponer una multa de 654,38 millones de yuanes o más a los inversores nacionales.

Las violaciones de otras disposiciones de estas Medidas se tratarán de conformidad con las "Reglas de Implementación de Sanciones por Infracciones a la Administración de Divisas". Artículo 15 Los inversores nacionales de empresas con inversión extranjera que se hayan establecido antes de la implementación de estas Medidas deberán, dentro de los 60 días a partir de la fecha de implementación de estas Medidas, presentar los materiales pertinentes al departamento de administración de divisas, pasar por los procedimientos de registro y cumplir. con las disposiciones pertinentes de estas Medidas. Repatriar divisas de conformidad con la reglamentación. Artículo 16 La Administración Estatal de Divisas es responsable de la interpretación de las presentes Medidas. Artículo 17 Estas Medidas entrarán en vigor en la fecha de su promulgación.