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Acuerdo Internacional de Licencia de Tecnología de Patentes

Nombre del Partido A:_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Nombre del Partido B:_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _

DNI del partido A:_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _DNI del partido B:_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _

Número de teléfono de la parte A:_ _ _ _ _ _ _ _ _ _Número de teléfono de la parte B:_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _Número de teléfono de la parte B:_

Dirección de la parte A:_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _Dirección de la parte B:_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _

Primera definición

1, "Patente "Tecnología " se refiere a la tecnología enumerada en este contrato, que fue aprobada por la Oficina de Patentes de China el día del año.

2. "Cedente" se refiere a _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Sociedad, o sus representantes legales, agentes y causahabientes.

3. "Cesionaria" se refiere a la empresa en _ _ _ _ _ _, o su representante legal, agente y sucesor patrimonial.

4. "Productos del Contrato" se refiere a los productos enumerados en el contrato.

5. "Fábrica de contrato" significa la fábrica que produce los productos del contrato, ubicada en _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _

6. el precio del contrato El precio de la factura de venta de un producto es el saldo después de deducir los gastos de embalaje, gastos de transporte, primas de seguros, comisiones, descuentos comerciales, impuestos, piezas compradas y otros gastos.

7. "Información de patente" se refiere a la información relevante enumerada en este contrato.

8. "Fecha de vigencia del contrato" se refiere a la fecha de la última aprobación por parte de las autoridades pertinentes de ambas partes de este contrato.

Artículo 2 Alcance del Contrato

1. El cesionario se compromete a obtener del cedente, y el cedente se compromete a conceder al cesionario el derecho a diseñar, fabricar y vender los productos del contrato. Los nombres, modelos, especificaciones y parámetros técnicos de los productos objeto del contrato se detallan en el presente contrato.

2. El Licenciante otorga al Licenciatario la licencia para diseñar y fabricar, usar, vender y exportar los Productos del Contrato.

3. El cedente es responsable de proporcionar al cesionario la información de la patente. de los productos objeto del contrato, incluyendo el nombre, contenido, finalidad y número de patente de la patente. Consulte este contrato para obtener más detalles.

4. Si durante la ejecución del contrato, si el cesionario requiere que el cedente le proporcione servicios técnicos o algunas piezas o materias primas necesarias para la producción, el cedente está obligado a proporcionárselos al cesionario en la forma más favorable. precio, y luego ambas partes negocian y firman un contrato. 5. El cedente acepta el derecho del cesionario a utilizar su marca, y los productos del contrato pueden utilizar las marcas comerciales conjuntas de ambas partes o las palabras "fabricado bajo la licencia del cedente".

Artículo 3 Precio del Contrato

1. De acuerdo con el contenido y alcance estipulados en el Artículo 2, el precio de este contrato se calcula en términos de regalías y la moneda de fijación del precio es el dólar estadounidense. .

2. La comisión en virtud de este contrato se calculará a partir del primer mes posterior a la entrada en vigor del contrato. Se calcula en función del año calendario. La fecha de liquidación de la comisión es 65438 + 31 de febrero. de cada año.

3. La tasa de comisión es el _ _ _% del precio de venta neto de los productos del contrato vendidos en el año en curso. Si el producto contratado no se vende, no se deben calcular regalías.

4. Dentro de los 65,438+00 días posteriores a la fecha de liquidación de la comisión, el cesionario deberá presentar la cantidad de ventas, las ventas netas y la comisión pagadera de los productos del contrato en el año anterior al cedente en el forma de aviso escrito. Los métodos de cálculo específicos de las ventas netas y las regalías se detallan en este contrato.

5. Si el transmitente necesita auditar las cuentas del cesionario, deberá notificarlo dentro de los 65.438+00 días siguientes a la recepción de la notificación escrita emitida por el cesionario de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 4. forma. El contenido y los procedimientos de la auditoría se detallan en este contrato.

Artículo 4 Condiciones de pago

1. El cesionario pagará a través de _ _ _ _banco (aquí es el banco comercial del cesionario) y _ _ _ _banco (en adelante denominado el banco). banco comercial del adquirente) El banco operador que sea el cedente) deberá pagar las regalías estipuladas en el artículo 3 de este contrato al cedente, y la moneda de pago será el dólar estadounidense.

2. El cedente deberá expedir inmediatamente los documentos pertinentes tras recibir la notificación escrita emitida por el cesionario de conformidad con lo dispuesto en los apartados 3 y 4 del artículo 3. El cesionario deberá pagar las regalías al cedente dentro de los 30 días siguientes a la recepción de los siguientes documentos emitidos por el cedente y verificados como correctos:

(1) Hoja de cálculo de regalías por cuadruplicado;

②Factura comercial en cuatro ejemplares;

③Borrador a la vista en dos ejemplares.

3. Según lo dispuesto en este contrato, si el cedente necesita pagar multas o indemnizaciones al cesionario, éste tiene derecho a deducirlas directamente del pago anterior.

Artículo 5 Entrega y mejora de datos

1. El cedente proporcionará al cesionario el nombre y el contenido de la información de la patente y la solicitud de patente del cedente a la Oficina de Patentes de conformidad con las disposiciones de este contrato.

2. Al firmar el presente contrato, el cedente deberá entregar al cesionario la información de la patente especificada en el apartado 1 del artículo 5. (Nota: dado que la información de la patente está disponible, el cedente debe presentarla al firmar el contrato).

3. Durante el período de validez del contrato, si ambas partes mejoran y desarrollan la tecnología involucrada. en los productos del contrato, ambas partes serán libres de proporcionar información técnica para mejora y desarrollo a la otra parte.

4. La propiedad de la tecnología mejorada y desarrollada pertenece a la parte que la mejoró y desarrolló. La otra parte no podrá utilizar estos datos técnicos para solicitar patentes ni transferirlas a terceros.

Artículo 6 Infracción y Garantía

1. El cedente garantiza que es el titular legal de todas las tecnologías patentadas y los materiales patentados en este contrato y tiene derecho a transferirlos al cesionario. . Ceda el paso. Durante la ejecución del contrato, si un tercero le acusa de infracción, el cedente será responsable de negociar con el tercero y asumir todas las responsabilidades jurídicas y económicas que de ello se deriven.

2. El cedente garantiza que las patentes objeto del presente contrato son válidas y legales durante la ejecución del presente contrato. Si la patente expira anticipadamente por motivos del cedente, este deberá pagar los honorarios pagados por el cesionario después de la expiración de la patente, más intereses a una tasa de interés anual del _ _%, junto con el principal, que se pagará al cesionario.

3. Durante el período de validez del contrato, el licenciante deberá pagar la tarifa de mantenimiento de la patente a tiempo de acuerdo con las regulaciones pertinentes de la oficina de patentes del país donde se encuentra el cesionario para mantener la validez de la patente.

4. Si durante la ejecución del contrato, si la naturaleza jurídica de la patente objeto de este contrato cambia, el licenciante deberá notificar inmediatamente por escrito esta situación al cesionario, y luego ambas partes negociarán para implementarla. este contrato.

Artículo 7 Impuestos

1. Todos los impuestos y tasas recaudados por el gobierno del país de acuerdo con sus leyes fiscales vigentes sobre la ejecución del cesionario de este contrato correrán a cargo del cesionario. .

2._ _ _ _ _ _ _ _ _ _Todos los impuestos y tasas cobrados por el gobierno al cedente relacionados con la ejecución de este contrato correrán a cargo del cedente.

Artículo 8 Resolución de disputas

1. Todas las disputas que surjan de la ejecución de este contrato o estén relacionadas con este contrato serán resueltas por ambas partes mediante una negociación amistosa.

2. Si las dos partes no pueden llegar a un acuerdo mediante negociación, deberán someterse a una institución de arbitraje ubicada en _ _ _ _ país o al tribunal correspondiente ubicado en _ _ _ _. En el caso de arbitraje, _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ significa _ _ _ _ _ si se trata de un litigio, el caso se ser oído por el tribunal donde se encuentre el cesionario de conformidad con las leyes nacionales pertinentes.

3. El laudo arbitral o sentencia judicial es definitivo y vinculante para ambas partes.

4. Los honorarios del arbitraje o del litigio correrán a cargo de la parte perdedora.

5. Durante el proceso de resolución de disputas, salvo la parte sometida a arbitraje o litigio, se seguirán ejecutando las demás partes del contrato.

Artículo 9 Vigencia del Contrato y Otros

1. Este contrato es firmado por representantes autorizados de ambas partes en _ _ _ _ _ _ _. Cada parte solicitará la aprobación de su agencia correspondiente, y la fecha de la aprobación de la última parte será la fecha de vigencia de este contrato. Ambas partes harán sus mejores esfuerzos para obtener la aprobación del contrato dentro de los 90 días, y luego notificarán a la otra parte por télex y confirmarán por carta.

2. Si este contrato no entra en vigor dentro de los 6 meses siguientes a la fecha de su firma, ambas partes tienen derecho a rescindir el contrato. Una vez cancelado este contrato, el cesionario deberá devolver la información de la patente especificada en el artículo 5 al cedente.

3. Este contrato es válido por * * * _ _ _ años a partir de la fecha de vigencia de este contrato. Este contrato caducará automáticamente después de la expiración del período de validez.

4. Después del vencimiento de este contrato, si el contrato involucra materias especiales