Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - Bufete de abogados de litigios penales periféricos de Datong

Bufete de abogados de litigios penales periféricos de Datong

Las medidas obligatorias en los procesos penales en nuestro país se refieren a la restricción o privación temporal de la persona de un sospechoso o acusado de un delito dentro de un período determinado por parte de los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares y los tribunales populares para evitar que el sospechoso o acusado de un delito se escape. destruir pruebas o continuar cometiendo delitos, y garantizar el buen desarrollo del proceso penal.

Tipos de medidas coercitivas: citación, fianza en espera de juicio, vigilancia domiciliaria, detención y arresto.

2. Objetos aplicables: Las medidas coercitivas solo se pueden aplicar a sospechosos y acusados ​​de delitos, incluidos los delincuentes actuales y los principales sospechosos, y no se aplicarán a otros participantes en el litigio.

Tres. Condiciones: Durante las etapas de investigación y procesamiento, las medidas de comparecencia obligatoria ante el tribunal están en principio dentro del ámbito de competencia de los órganos de seguridad pública y de fiscalía. Los órganos de seguridad pública y de fiscalía tienen derecho a decidir de forma independiente su aplicación, pero las partes interesadas pueden presentar su solicitud. al tribunal para su posterior revisión judicial; la libertad bajo fianza obligatoria en espera de las medidas procesales es, en principio, competencia del tribunal, y sólo el tribunal puede ordenar su aplicación en forma de sentencia procesal. Las medidas obligatorias de comparecencia ante el tribunal incluyen la detención, la citación, la detención y el arresto, y las medidas obligatorias en espera de juicio incluyen la detención, la libertad bajo fianza en espera de juicio y la vigilancia residencial. En el caso de sospechosos de delitos que hayan sido detenidos, citados, detenidos o arrestados, si los órganos de seguridad pública o de la fiscalía consideran que deben aplicarse medidas obligatorias de libertad bajo fianza en espera de juicio, deberán presentar una solicitud por escrito al tribunal antes de que expire el plazo legal. y el tribunal se pronunciará, sin embargo, los órganos de instrucción no podrán solicitar la libertad bajo fianza en espera de juicio de oficio o a petición de parte interesada. De esta manera, por un lado, puede garantizar que los órganos de seguridad pública y fiscalía dispongan de medios suficientes para capturar a los sospechosos de delitos, detener los delitos en curso y facilitarles la recopilación de pruebas criminales de conformidad con los procedimientos legales; El "poder inherente" se limita al ámbito de los "casos obligatorios". Más allá de este alcance, en principio, la autorización judicial debe obtenerse por adelantado y estar sujeta a revisión judicial posterior para brindar la reparación judicial necesaria a los ciudadanos cuyas libertades personales han sido violadas.

4. Si el órgano de seguridad pública considera necesario arrestar al detenido, deberá presentar una solicitud al fiscal para que apruebe el arresto dentro de los 3 días siguientes a la detención, en circunstancias especiales; el tiempo para solicitar la aprobación del arresto puede ampliarse de 1 a 4 días. Para los principales sospechosos que cometen delitos mientras se dan a la fuga, cometen delitos varias veces o cometen delitos en asociación, el tiempo para solicitar la aprobación del arresto puede ampliarse a 30 días; días; el plazo para que el órgano de la fiscalía revise y apruebe la detención es de siete días. En la práctica, los organismos de seguridad pública de diversos lugares suelen ampliar indiscriminadamente el período de detención de todos los presuntos delincuentes a 30 días, lo que da lugar a violaciones ilegales de las libertades personales de los ciudadanos. Sopesar las necesidades reales de investigación e interrogatorio, investigación y recopilación de pruebas y los requisitos legítimos para proteger la libertad personal de los presuntos delincuentes, distinguir las situaciones de arresto justificado y arresto injustificado, aclarar las diferentes autoridades de aprobación y estipular diferentes plazos: Detenciones con orden judicial debe ser aprobado por la fiscalía y emitir una orden de arresto, el órgano de seguridad pública puede decidir por sí solo arrestar sin orden, pero debe presentarse al órgano de la fiscalía para su revisión y confirmación dentro de las 48 horas y convertir la orden de arresto en una orden; citación de prisión preventiva, en caso contrario el detenido será puesto en libertad, para los detenidos con orden judicial, el órgano de seguridad pública deberá informar al mismo nivel dentro de los 7 días siguientes a la revisión y aprobación por el órgano de fiscalía, el caso será remitido a ante el tribunal del mismo nivel para que apruebe la detención. Para los principales sospechosos de delitos que cometan delitos con frecuencia, cometan delitos repetidamente o cometan delitos en asociación, con el permiso escrito de la fiscalía del mismo nivel, el plazo para la aprobación de la detención podrá ampliarse en siete días por el tribunal responsable de la revisión y; que apruebe la detención deberá tomar una decisión sobre si aprueba la detención dentro de los 7 días. De esta forma, el período de detención por los órganos de seguridad pública sin orden judicial no excederá de 48 horas, y el período de detención con orden judicial generalmente no excederá de 14 días, y el período más largo no excederá de 21 días.

5. El período de detención para investigación se refiere principalmente al período de detención después de que el sospechoso es arrestado, desde la fecha en que el órgano de seguridad pública recibe la decisión de la Fiscalía Popular de aprobar el arresto, hasta el día. cuando la investigación del caso concluya y se transfiera a la Fiscalía Popular para su revisión y procesamiento.

(1) Período general de detención

El artículo 124 de la "Ley de Procedimiento Penal" estipula: "El período de investigación y detención después del arresto de un sospechoso de un delito no excederá los dos meses ."

p>

(2) Período especial de detención

1. Según el artículo 124 de la Ley de Procedimiento Penal, si el caso es complejo y no puede concluirse al vencimiento del plazo, quedará sujeto a la aprobación de la Fiscalía Popular del nivel inmediatamente superior. Podrá prorrogarse por 1 mes.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Penal, si la investigación no puede concluirse en el plazo señalado en el artículo 124 de la Ley de Procedimiento Penal, podrá prorrogarse por dos días con la aprobación o decisión de la Fiscalía Popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central. Mensualmente: (1) casos importantes y complejos en zonas remotas con transporte muy inconveniente (2) casos de grupos criminales importantes (3); ) casos de delitos de fuga importantes y complejos; (4) casos importantes y complejos que involucran una amplia gama de áreas y son difíciles de obtener pruebas.

3. Según el artículo 127 de la Ley de Procedimiento Penal, los sospechosos de delitos pueden ser condenados a más de 10 años de prisión. Si la investigación no puede concluirse al vencimiento del plazo de prórroga de conformidad con el artículo 126 de esta Ley, podrá prorrogarse por otros dos meses con la aprobación o decisión de la Fiscalía Popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente. Gobierno Central.

(3) Nuevo cálculo del período de detención

1. Durante el proceso de investigación, si se descubre que el sospechoso ha cometido otros actos delictivos importantes, será detenido de acuerdo con Artículo 1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a partir de la fecha del descubrimiento De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 124, se recalculará el período de investigación y detención.

2. Si el presunto delincuente no dice su verdadero nombre o domicilio y se desconoce su identidad, el plazo de investigación y detención se computará a partir de la fecha en que se conozca su identidad, pero la investigación y No se detendrá la recopilación de pruebas de su conducta delictiva.

3. El tiempo dedicado a realizar la evaluación psiquiátrica de los sospechosos de delitos bajo custodia no se incluye en el período de investigación y detención.