¿En qué circunstancias se debe poner fin a la asistencia jurídica gratuita?
Base jurídica: Artículo 33 de los "Procedimientos de tramitación de casos de asistencia jurídica" Si se produce alguna de las siguientes circunstancias, se dará por terminada la asistencia jurídica: (1) El destinatario ya no cumple con los estándares de dificultades financieras para la asistencia jurídica. ;
(2) El juicio del caso se termina o cancela de conformidad con la ley (3) El beneficiario de la ayuda confía a otros agentes o defensores por su cuenta; (4) El beneficiario de la ayuda solicita la terminación del proceso legal; ayuda (5) El destinatario de la ayuda Utiliza la asistencia jurídica para participar en actividades ilegales (6) El destinatario oculta deliberadamente hechos importantes relacionados con el caso o proporciona pruebas falsas (7) Otras circunstancias que requieren la terminación de acuerdo con las leyes y regulaciones;