¿Qué debe hacer la ley si uno de los cónyuges no cumple con sus obligaciones matrimoniales?
Además, las familias deben establecer una buena tradición familiar, promover las virtudes familiares y prestar atención a la construcción de la civilización familiar. El marido y la mujer deben ser leales el uno al otro, respetarse mutuamente y cuidarse mutuamente; los miembros de la familia deben respetar a los ancianos, amar a los jóvenes, ayudarse mutuamente y mantener una relación matrimonial y familiar igualitaria, armoniosa y civilizada. La forma en que deben llevarse las parejas es diferente en cada familia. Si hay algún conflicto, comuníquese y resuélvalo a tiempo. Si la comunicación no puede resolver el problema, se puede considerar la mediación y otras medidas relacionadas. Si realmente necesita divorciarse, puede optar por divorciarse mediante acuerdo o litigar.
La base legal es el artículo 1059 del Código Civil. El marido y la mujer tienen la obligación de sustentarse mutuamente.
Cuando la otra parte no cumple con sus obligaciones de manutención, la parte que necesita manutención tiene derecho a exigir a la otra parte el pago de honorarios de manutención.
Artículo 1.076 Si una pareja desea divorciarse voluntariamente, deberá firmar un acuerdo de divorcio por escrito y solicitar personalmente la inscripción del divorcio ante la autoridad de registro de matrimonio.
El acuerdo de divorcio debe expresar la intención de ambas partes de divorciarse voluntariamente y el consenso en cuestiones como la manutención de los hijos, los bienes y la disposición de deudas.
Artículo 1.077 Si cualquiera de las partes no desea divorciarse dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que la autoridad de registro de matrimonio reciba la solicitud de registro de divorcio, la solicitud de registro de divorcio podrá ser retirada de la autoridad de registro de matrimonio.
Dentro de los treinta días siguientes al vencimiento del plazo señalado en el párrafo anterior, ambas partes deberán solicitar personalmente un certificado de divorcio ante la autoridad de registro de matrimonio, si no presentan la solicitud de registro de divorcio; se considerará retirada.
Artículo 1.078 Si la agencia de registro de matrimonio constata que efectivamente ambos contrayentes se divorcian voluntariamente y han llegado a un acuerdo sobre manutención de los hijos, bienes, liquidación de deudas y otras materias, registrarán y expedirán acta de divorcio.
Artículo 1079. Si uno de los cónyuges solicita el divorcio, el organismo correspondiente podrá realizar una mediación o presentar directamente una demanda de divorcio ante el Tribunal Popular.
Al conocer de un caso de divorcio, el Tribunal Popular realizará la mediación; si la relación realmente se ha roto y la mediación es ineficaz, se concederá el divorcio.
Si la mediación fracasa en cualquiera de las siguientes circunstancias, se concederá el divorcio:
(1) Bigamia o convivencia con otros
(2) Implementación de; derecho de familia Violencia, abuso o abandono de miembros de la familia;
(3) Apuestas, abuso de drogas y otros malos hábitos;
(4) Separación por más de dos años debido a problemas emocionales discordia;
(5) Otras circunstancias que conduzcan a la ruptura de la relación conyugal.
Si una de las partes es declarada desaparecida y la otra solicita el divorcio, se concederá el divorcio.
Después de que el tribunal popular dictamine que no se permite el divorcio, si las dos partes han vivido separadas durante un año y una de las partes presenta nuevamente un procedimiento de divorcio, se concederá el divorcio.
Artículo 1080 La relación matrimonial se disuelve cuando se completa la inscripción del divorcio o surte efectos la sentencia de divorcio o el documento de mediación.