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Norma Nacional 7718 Principios Generales para el Etiquetado de Alimentos Preenvasados

Análisis legal: Esta norma se aplica a las etiquetas de alimentos preenvasados ​​proporcionadas directamente a los consumidores y a las etiquetas de alimentos preenvasados ​​proporcionadas indirectamente a los consumidores.

Esta norma no se aplica a las etiquetas de embalaje de almacenamiento y transporte de alimentos que brindan protección a los alimentos preenvasados ​​durante el almacenamiento y transporte, así como al etiquetado de alimentos a granel y alimentos listos para la venta.

Base legal: "GB 7718-2011" Artículo 3 Requisitos Básicos

3.1 Debe cumplir con lo establecido en las leyes y reglamentos, y cumplir con lo establecido en las normas de seguridad alimentaria correspondientes.

3.2 Debe ser claro, llamativo y duradero, y debe ser fácil de identificar y leer para los consumidores al momento de comprar.

3.3 Debe ser fácil de entender y tener base científica. No debe indicar superstición feudal, pornografía, contenido despectivo de otros alimentos o contenido que vaya en contra del sentido común de la ciencia nutricional.

3.4 Los alimentos deben ser verdaderos y exactos, y no deben presentarse con palabras o gráficos falsos, exagerados, engañosos o engañosos, ni deben utilizarse diferencias en el tamaño de fuente o el color para engañar a los consumidores.

3.5 No se debe inducir a error a los consumidores, directamente o mediante lenguaje, gráficos y símbolos sugerentes, haciéndoles confundir el alimento adquirido o una determinada propiedad del alimento con otro producto.

3.6 Los contenidos que tengan el efecto de prevenir o tratar enfermedades no deben etiquetarse ni implicarse, y los alimentos no saludables no deben expresar ni implicar que tienen efectos sobre el cuidado de la salud.

3.7 No debe separarse del alimento ni de su envase (envase).

3.8 Se deben utilizar caracteres chinos estándar (excepto marcas comerciales). Diversas caligrafías artísticas con funciones decorativas deben escribirse de forma correcta y fácilmente identificables.

3.8.1 Los caracteres pinyin o de minorías étnicas se pueden utilizar al mismo tiempo. El tamaño pinyin no debe ser mayor que los caracteres chinos correspondientes.

3.8.2 Se pueden utilizar idiomas extranjeros al mismo tiempo, pero deben tener una relación correspondiente con el chino (excepto marcas, fabricantes y direcciones de alimentos importados, nombres y direcciones de distribuidores extranjeros, y direcciones de sitios web). Todos los caracteres extranjeros no deben ser mayores que los caracteres chinos correspondientes (excepto las marcas comerciales).

3.9 Cuando la superficie máxima de los envases o envases de alimentos preenvasados ​​sea superior a 35cm2 (ver Apéndice A para el método de cálculo de la superficie máxima), la altura del texto, símbolos y Los números del contenido de la etiqueta obligatoria no deberán ser inferiores a 1,8 mm.

3.10 Si el envase de una unidad de venta contiene diferentes variedades y múltiples alimentos envasados ​​independientemente que pueden venderse por separado, la etiqueta de cada alimento envasado independientemente deberá marcarse por separado.

3.11 Si el embalaje exterior es fácil de abrir e identificar o todo o parte del contenido del etiquetado obligatorio en el embalaje interior (contenedor) puede identificarse claramente a través del embalaje exterior, las marcas correspondientes en el embalaje exterior no es necesario repetir el contenido; de lo contrario, todos los contenidos del etiquetado obligatorio deben marcarse en el embalaje exterior según sea necesario.