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Medidas de gestión de plántulas acuáticas en la provincia de Sichuan

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de utilizar científica y racionalmente los recursos de germoplasma acuático, fortalecer el manejo de las plántulas acuáticas, asegurar la calidad de las plántulas acuáticas y salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los productores, operadores y usuarios de plántulas acuáticas, de acuerdo con las "Ley" de "Pesca de la República Popular China" y estas medidas se formulan sobre la base de las condiciones reales de Sichuan. Artículo 2 El término “plántulas acuáticas” mencionado en estas Medidas se refiere a las especies originales, las especies mejoradas y las plántulas utilizadas en la producción acuícola. Artículo 3 Quienes se dediquen a actividades tales como cría, producción, operación, uso y manejo de plántulas acuáticas dentro de la región administrativa de esta provincia deberán cumplir con estas Medidas. Artículo 4 El departamento administrativo de pesca del Gobierno Popular Provincial estará a cargo del trabajo de semillas acuáticas de la provincia. Los departamentos administrativos de pesca de las ciudades (prefecturas) y los condados (ciudades, distritos) son responsables del trabajo con semillas acuáticas dentro de sus respectivas regiones administrativas. Artículo 5 Las unidades e individuos que hayan logrado logros sobresalientes en la investigación y el desarrollo de semillas acuáticas, la selección mejorada de semillas, la promoción de tecnología, la aplicación de la producción y la protección del germoplasma acuático serán elogiados y recompensados ​​por el gobierno popular a nivel de condado o superior o por la administración pesquera. departamento. . Capítulo 2 Gestión de germoplasma Artículo 6 Los departamentos administrativos de pesca de todos los niveles establecerán y mejorarán gradualmente sistemas de cría de plántulas acuáticas y sistemas de gestión de recursos de germoplasma acuáticos de conformidad con los planes de desarrollo acuático formulados por los departamentos administrativos de pesca provinciales. Artículo 7 La identificación de variedades originales y variedades mejoradas seleccionadas, variedades e híbridos utilizados para la producción y mejoramiento en esta provincia deberá ser revisada inicialmente por el Comité Provincial de Aprobación de Variedades Acuáticas Originales, revisada por el Comité Nacional de Aprobación de Variedades Acuáticas y aprobada por el Comité Nacional. departamento administrativo de pesca. Artículo 8 Las especies originales, las especies mejoradas, las variantes y las especies híbridas introducidas desde fuera de la provincia deben ser revisadas y aprobadas por el Comité Nacional de Aprobación de Especies de Productos Acuáticos y aprobadas por el departamento administrativo nacional de pesca.

La introducción de plántulas acuáticas de fuera de la provincia debe presentarse ante el departamento administrativo de pesca a nivel del condado.

La exportación de recursos naturales de germoplasma acuático fuera de la provincia debe ser aprobada por el departamento administrativo de pesca municipal (estatal) y el departamento administrativo de pesca provincial. Artículo 9 La importación o exportación de plántulas acuáticas estará sujeta a revisión por parte del departamento administrativo de pesca provincial y se informará al departamento administrativo de pesca nacional para su aprobación. Artículo 10 Los progenitores híbridos económicos deberán utilizar poblaciones de línea pura, no pudiendo utilizarse híbridos fértiles como progenitores de producción y reproducción.

Ninguna unidad o individuo puede poner individuos híbridos fértiles o individuos cuya genética haya sido modificada mediante bioingeniería y su descendencia en los ríos, lagos, embalses y aguas conectados a ellos.

En lugares donde se críen individuos híbridos fértiles e individuos cuya genética ha sido modificada mediante bioingeniería y se críe su descendencia, se deben tomar medidas de aislamiento para evitar que las plántulas se escapen. Capítulo 3 Producción, Operación y Uso Artículo 11 Los departamentos administrativos de pesca de todos los niveles formularán planes de desarrollo para la producción de semillas acuáticas. Artículo 12 Para construir, reconstruir, ampliar o fusionar productos acuáticos provinciales y granjas de cría, se debe obtener previamente el consentimiento del departamento administrativo de pesca provincial.

Las granjas de semillas acuáticas a nivel provincial pueden solicitar calificaciones de granjas de semillas acuáticas a nivel nacional después de ser revisadas y aprobadas por el departamento administrativo de pesca provincial. Artículo 13 Al seleccionar sitios para proyectos de construcción de productos no acuáticos, se deben evitar en la medida de lo posible los productos acuáticos nacionales y provinciales y las granjas de semillas mejoradas. Si realmente fuera necesario requisar superficies de agua y terrenos para la construcción nacional para la producción de productos acuáticos nacionales y provinciales, granjas de semillas finas y otras granjas de semillas finas, se completarán los procedimientos pertinentes de conformidad con la ley y se otorgará la compensación correspondiente. Artículo 14 La granja de semillas originales recolectará, organizará, preservará, seleccionará, mejorará, desarrollará y utilizará semillas originales adecuadas para la reproducción de acuerdo con los procedimientos operativos técnicos para la producción de semillas originales prescritos por el Estado.

Una granja de semillas mejoradas deberá introducir semillas originales y semillas mejoradas que hayan sido aprobadas de conformidad con la ley, y seleccionar y criar progenitores de respaldo o descendientes de progenitores mejorados de acuerdo con los procedimientos técnicos operativos para la producción de semillas mejoradas. semillas estipuladas por el estado.

Una granja de semillas mejoradas deberá introducir semillas originales y padres mejorados, y cultivar semillas de acuerdo con los procedimientos operativos técnicos de producción de semillas estipulados por el estado. Está prohibido seleccionar y conservar padres por su cuenta. Artículo 15 Las granjas de semillas mejoradas, las granjas de semillas mejoradas y las granjas de semillas deben cumplir con las normas nacionales, las normas industriales o las normas locales.

Las granjas de mejoramiento genético y de semillas de alta calidad deben reemplazar periódicamente los padres de acuerdo con los procedimientos operativos técnicos de producción para garantizar la calidad de los padres y las semillas. Artículo 16 Las fincas de semillas originales, mejoradas y semilleras deberán establecer archivos de tecnología de producción para registrar y preservar detalladamente el tiempo de introducción, vida útil, eliminación y actualización de las semillas originales, mejoradas y sus progenitores.

La granja de reproducción original y los padres o padres de respaldo proporcionados por la granja de reproducción original a la granja de reproducción original deben ir acompañados de los archivos técnicos pertinentes. Artículo 17 Las unidades y las personas que producen semillas acuáticas deberán presentar una solicitud al departamento administrativo de pesca a nivel de condado o superior. Sólo después de que se emita la aprobación y una licencia de producción emitida por el departamento administrativo de pesca provincial, podrán producir semillas acuáticas. Excepto para uso personal y uso personal.

El período de vigencia de la licencia de producción de plántulas acuáticas es de 4 años. Artículo 18 Para solicitar una licencia de producción de plántulas acuáticas, debe cumplir las siguientes condiciones:

(1) Tener un sitio fijo de producción de plántulas acuáticas;

(2) Producción de plántulas acuáticas la superficie del agua alcanza el área especificada por el departamento administrativo provincial de pesca;

(3) Fuente de agua suficiente;

(4) La calidad del agua cumple con los estándares de uso del agua para semillas acuáticas;

(5) Las instalaciones de producción cumplen con los requisitos de los procedimientos técnicos operativos para la producción de plántulas acuáticas;

(6) Los progenitores utilizados para el mejoramiento cumplen con los estándares de germoplasma;

(7) Se cuenta con técnicos calificados en producción de plántulas acuáticas. Artículo 19 Las licencias de producción de semillas acuáticas se expiden de conformidad con la siguiente autoridad:

Los productos acuáticos a nivel provincial y las granjas de semillas mejoradas serán expedidas por el departamento administrativo provincial de pesca;

Semillas acuáticas Las granjas y las granjas de semillas provinciales por debajo del nivel 1 serán expedidas por separado por los departamentos administrativos de pesca de la ciudad (estado) y el condado (ciudad, distrito) de acuerdo con su autoridad de gestión.

La autoridad emisora ​​deberá completar el trabajo de emisión dentro de los 30 días siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud.