¿Pueden los abogados reunirse con los presos?
Base jurídica: Artículo 4 del "Reglamento sobre las reuniones de abogados con delincuentes en prisiones". En cualquiera de las siguientes circunstancias, los abogados podrán reunirse con delincuentes por encargo del delincuente o por designación de una agencia de asistencia jurídica:
(1) Actuar como defensor o agente en procesos penales;
(2) Actuar como agente en litigios civiles y administrativos;
(3) Actuar como agente en mediación y arbitraje;
(4) Actuar como agente en diversos casos de litigio;
(5) Proporcionar servicios legales no litigiosos;
(6) Responder consultas legales relevantes, redactar documentos de litigios y otros documentos relevantes para asuntos legales.
Si los abogados que representan otros casos necesitan investigar y recopilar pruebas de los reclusos, pueden reunirse con los reclusos.
Los tutores y familiares cercanos de los delincuentes pueden confiar a abogados para que los representen.