¿Cómo distinguir el objeto y el contenido de las relaciones civiles?
El objeto de la relación jurídica, también conocido como objeto de derechos, se refiere al objeto al que apuntan los derechos y obligaciones del sujeto de la relación jurídica. En la vida real, debido a las diversas necesidades materiales y espirituales de las personas, los objetos de las relaciones jurídicas también son diversos. Espero que ayude a todos. 1. Objeto de la relación civil ¿Cuál es el objeto de la relación jurídica civil, también conocido como objeto de los derechos civiles? Se refiere a los derechos civiles que disfruta el sujeto y al objeto de las obligaciones civiles que asume el sujeto en la relación jurídica civil. Los principales objetos de las relaciones jurídicas civiles incluyen principalmente: 1. asunto. Las cosas son objetos materiales escasos que existen fuera del cuerpo humano, pueden ser controlados por humanos y pueden satisfacer ciertas necesidades humanas. 2. El comportamiento es el objeto de las relaciones jurídicas civiles. El comportamiento se refiere a las actividades realizadas para satisfacer los intereses de otros, principalmente proporcionando trabajo y servicios (como entregar bienes, completar un trabajo). El objeto de las relaciones contractuales como el almacenamiento, el transporte, el procesamiento y la ejecución es el comportamiento. 3. Logros intelectuales. Los logros intelectuales son riqueza espiritual creada por el trabajo mental, como los inventos y las obras literarias. Los logros intelectuales son una especie de propiedad intangible y objeto de las relaciones jurídicas de propiedad intelectual. 4. Intereses personales. Los intereses personales incluyen la vida y la salud, el nombre, la reputación, el honor, etc. Los intereses personales son objeto de las relaciones jurídicas de derechos personales. 5. Valores. Los valores y las cosas no son el mismo concepto. Los valores suelen ser certificados de derechos y pueden ser objeto de derechos o reclamaciones de propiedad. 6. Beneficios intangibles. El objeto de los derechos personales son los intereses intangibles, también conocidos como intereses espirituales. Por ejemplo, el objeto de la libertad es el valor de la libertad. Además, el objeto de determinadas relaciones jurídicas civiles también puede ser un derecho civil (por ejemplo, el objeto de una relación de prenda de derechos es un derecho) o una obligación civil (por ejemplo, el objeto de un contrato de transferencia de deuda es una transferencia de deuda). ). 2. La aparición, modificación y eliminación de las relaciones jurídicas civiles 1. La aparición, cambio y eliminación de relaciones jurídicas civiles se refiere a la relación de derechos y obligaciones civiles que se forma entre sujetos civiles debido a determinados hechos jurídicos civiles. Los cambios en las relaciones jurídicas civiles se refieren a cambios en las relaciones jurídicas civiles originales debido a ciertos hechos jurídicos civiles. Incluyendo cambios de tema, cambios de objeto y cambios de contenido. La eliminación de una relación jurídica civil se refiere a la terminación de la relación jurídica civil original debido a ciertos hechos jurídicos civiles. 2. Razones de la aparición, cambio y eliminación de las relaciones jurídicas civiles - hechos jurídicos civiles 3. Tipos de derechos civiles (1) Derechos de propiedad y derechos personales. Este se basa en la división de intereses plasmados en los objetos de los derechos civiles. Los derechos personales son derechos que tienen por objeto elementos personales. Los intereses plasmados en los derechos personales están relacionados con la dignidad humana y el parentesco consanguíneo entre las personas, por lo que los derechos personales no pueden separarse de su sujeto. Los derechos personales se pueden dividir a su vez en derechos de personalidad y derechos de identidad. Los derechos de propiedad son derechos que tienen por objeto intereses con valor económico. A diferencia de los derechos personales, los derechos de propiedad pueden evaluarse y transferirse económicamente. Según la validez y el contenido de los derechos, los derechos de propiedad se pueden dividir en derechos de propiedad, derechos de acreedor y derechos de herencia. Los derechos de propiedad son derechos de propiedad dominantes con efecto exclusivo; los derechos de los acreedores son derechos de propiedad que requieren acciones específicas por parte del deudor. Los derechos de propiedad intelectual son derechos basados en logros intelectuales protegidos; los derechos de herencia son los derechos a heredar el patrimonio del difunto de acuerdo con un testamento o una ley. (2) Derecho de control, derecho de solicitud, derecho de formación y derecho de defensa. Se trata de una división basada en las características de efectividad de los derechos civiles. El derecho de dominación es el derecho a controlar directa y exclusivamente el objeto de derechos y disfrutar de sus beneficios. El ejercicio de la dominancia no requiere la cooperación de otros con obligaciones positivas, siempre que toleren y no ejerzan la misma conducta dominante. Los derechos personales, los derechos de propiedad y los derechos de propiedad intelectual pertenecen a la posición dominante. El derecho de reclamación es el derecho que tiene una persona específica a exigirle a otra persona específica que realice o no un determinado acto. El peticionario no puede controlar directamente el objeto del derecho, y la realización de sus derechos depende de la asistencia del deudor, que no tiene efecto exclusivo. La deuda es una deuda típica. Aunque los derechos de propiedad, los derechos personales y los derechos de propiedad intelectual son derechos dominantes, deben utilizarse como remedio cuando se infringen, por lo que el derecho a reclamar juega un papel extremadamente importante en los derechos civiles. El derecho de formación es un derecho que puede hacer que los derechos se creen, modifiquen o extingan basándose en la manifestación unilateral de intención del titular del derecho. La singularidad del derecho a formar es que la expresión de intención del titular del derecho es suficiente para que el derecho sea jurídicamente efectivo. El derecho de revocación, el derecho de cancelación, el derecho de ratificación y el derecho de compensación son todos derechos de formación. El derecho de defensa es el derecho a impedir la validez de la reclamación. El derecho de defensa se dirige principalmente al derecho de petición. Al ejercer el derecho de defensa, por un lado, se puede impedir la eficacia de la reclamación y, por otro, el titular del derecho puede negarse a cumplir sus obligaciones con la contraparte. El derecho de defensa al mismo tiempo, el derecho de defensa y el derecho de demandar primero en el contrato pertenecen al derecho de defensa. (3) Derechos absolutos y derechos relativos. Éste se divide en función de los derechos civiles y del alcance de eficacia de la persona familiar. El derecho absoluto es el derecho de la persona relativa como persona no especificada que se ve afectada por el efecto del derecho. El obligado de los derechos absolutos es todo el mundo excepto el titular del derecho, por eso también se le llama "derecho al mundo". Los derechos de propiedad y los derechos personales son derechos absolutos. Los derechos relativos se refieren a los derechos de una persona específica cuyos derechos son válidos como contraparte. La efectividad de los derechos relativos se limita a deudores específicos, por lo que también se les denomina "derechos humanos". Los derechos son derechos relativos típicos. (4) Derechos primarios y derechos secundarios, derechos originales y derechos de socorro. Este se divide en derechos civiles interrelacionados según el estado de cada derecho. La soberanía es un derecho que puede existir de forma independiente sin depender de otros derechos, mientras que los derechos subordinados son derechos que existen sobre la base de la existencia de derechos sujetos. En una garantía, el derecho del acreedor garantizado es el derecho principal y la garantía real es el derecho accesorio. Cuando se violan los derechos fundamentales, el derecho a rescatar los derechos fundamentales es el derecho a reparar, y los derechos fundamentales son derechos originales.
Hay un dicho en el derecho civil que dice que "sin reparación no hay derecho". El derecho a reparación es la garantía de los derechos originales; de lo contrario, los derechos serán difíciles de realizar. (5) Derechos exclusivos y derechos no exclusivos. Este se divide en función de la relación entre los derechos civiles y los titulares de derechos. Los derechos exclusivos se refieren a derechos exclusivos de sujetos civiles específicos. Los derechos de la personalidad y los derechos de identidad son derechos exclusivos y no pueden separarse del sujeto, transferirse ni heredarse. Los derechos no exclusivos se refieren a derechos que pueden transferirse y heredarse. Los derechos de propiedad, como los derechos de propiedad y los derechos de los acreedores, son derechos no exclusivos. (6) Derechos adquiridos y derechos esperados. Este se divide en función de si los derechos han sido realmente adquiridos. Los derechos adquiridos se refieren a derechos que se han obtenido y pueden disfrutar de sus beneficios, mientras que los derechos esperados se refieren a derechos que no se han obtenido porque no se cumplen plenamente los requisitos legales. Si el causante no ha muerto, los derechos de herencia del heredero pertenecen a los derechos expectantes. Lo anterior es el contenido completo de este artículo. Podemos saber que el objeto de las relaciones jurídicas civiles, también conocido como objeto de derechos civiles, se refiere al objeto en el que el sujeto disfruta de derechos civiles y asume obligaciones civiles en las relaciones jurídicas civiles. Los principales objetos de las relaciones jurídicas civiles incluyen principalmente cosas, comportamientos, logros intelectuales, intereses personales, valores negociables e intereses intangibles. Además, el objeto de determinadas relaciones jurídicas civiles también pueden ser determinados derechos civiles.