Red de Respuestas Legales - Consulta de información - Decisión del Gobierno Popular Municipal de Xuzhou sobre la modificación de las "Medidas de arbitraje de controversias sobre el personal municipal de Xuzhou" (2006)

Decisión del Gobierno Popular Municipal de Xuzhou sobre la modificación de las "Medidas de arbitraje de controversias sobre el personal municipal de Xuzhou" (2006)

1. Eliminar los Capítulos 3 y 6, fusionar los Capítulos 4 y 5 en el Capítulo 3 "Procedimientos de Arbitraje", agregar el Capítulo 4 "Litigios y Ejecución", ajustar el Capítulo 7 al Capítulo 5, y el Capítulo 8 ajustado al Capítulo 6. 2. Suprimir los artículos 9, 18, 35 y 36. 3. El artículo 2 se divide en dos secciones y se revisa para que diga: Estas Medidas se aplican a las siguientes disputas de personal dentro de la región administrativa de esta ciudad: (1) Controversias que surjan de la ejecución de contratos de trabajo entre funcionarios públicos bajo el sistema de nombramiento y sus instituciones públicas; (2) Instituciones públicas Disputas que surjan entre miembros del personal y sus unidades debido a renuncia, despido o cumplimiento de contratos de trabajo (3) Otras disputas de personal que pueden ser arbitradas de acuerdo con las leyes y regulaciones;

Los conflictos que surjan de la ejecución de contratos laborales entre unidades privadas no empresariales y sus empleados podrán implementarse con referencia a estas medidas. 4. Se revisa el artículo 3 para que diga: El arbitraje de disputas personales seguirá los principios de legalidad, equidad y oportunidad, y se eliminarán los puntos (1), (2) y (3). 5. Añadir un párrafo al artículo 5 como primer párrafo. El primer párrafo original es el segundo párrafo y se revisa para que diga: El comité de arbitraje estará integrado por representantes del departamento de administración de personal, representantes del empleador, representantes del empleador. y peritos legales.

La comisión arbitral estará compuesta por un director, uno o dos directores adjuntos y varios vocales. 6. Se revisa el párrafo 1 del artículo 8 para que diga: El árbitro puede ser a tiempo completo o parcial. Los árbitros a tiempo parcial contarán con el apoyo de su empleador durante las actividades de arbitraje. Siete. Se agregó el artículo 9: El empleador podrá establecer un comité de mediación de conflictos personales (en adelante, el comité de mediación). El comité de mediación acepta la orientación del comité de arbitraje de conflictos personales del gobierno del mismo nivel. ocho. Artículo 10 agregado: Después de que ocurre una disputa personal, las partes pueden solicitar mediación al comité de mediación del empleador, o solicitar arbitraje directamente al comité de arbitraje de disputas personales.

El comité de mediación concluirá la mediación de disputas personales dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de mediación de las partes. Si las dos partes llegan a un acuerdo, deben preparar un acuerdo de mediación; si no logran llegar a un acuerdo dentro del plazo, las partes pueden solicitar arbitraje a la Comisión de Arbitraje de Disputas de Personal. 9. Se adapta el artículo 12 al párrafo 1 del artículo 11, y se añaden y revisan los párrafos segundo y tercero para que digan: Las partes presentarán una solicitud de arbitraje por escrito al comité de arbitraje dentro de los 60 días siguientes a la fecha de ocurrencia del disputa personal, y Presentar copias de la solicitud de arbitraje de acuerdo con el número de demandados.

El plazo para solicitar el arbitraje no incluye el tiempo para la mediación por parte del Comité de Mediación.

Si el plazo legal de solicitud se retrasa por causa de fuerza mayor u otros motivos legítimos, el plazo de solicitud se seguirá computando a partir de la fecha en que se elimine el obstáculo. Si existen razones legítimas para una disputa personal que excede el plazo de solicitud, el comité de arbitraje decidirá si la acepta. 10. El artículo 10 se ajusta al artículo 13, y el artículo 11 se utiliza como segundo párrafo de este artículo y se revisa para que diga: Para las siguientes disputas personales, las partes que soliciten el arbitraje deberán solicitar el arbitraje a la Comisión Municipal de Arbitraje: ( 1) Departamentos de Gobierno Municipal, disputas de personal que ocurren en agencias directamente afiliadas e instituciones públicas directamente afiliadas; (2) disputas de personal en instituciones administrativas y públicas de ministerios y provincias estacionadas en la ciudad; sobre la ciudad.

Para otras disputas de personal distintas a las especificadas en el párrafo anterior, se debe presentar una solicitud al comité de arbitraje del condado (ciudad) o distrito donde se encuentra la unidad para el arbitraje. 11. Se adapta el artículo 33 al artículo 21. 12. Se adapta el artículo 34 al artículo 22. Trece. Se adapta el artículo 22 al artículo 23, se adicionan los párrafos segundo y tercero, y se revisan para quedar como: Las partes interesadas deberán aportar pruebas de sus pretensiones. Si no hay pruebas, o las pruebas no pueden presentarse dentro del plazo prescrito, o las pruebas presentadas son insuficientes para probar la reclamación de la parte, la parte a la que incumbe la carga de la prueba soportará las consecuencias adversas.

Conflictos de personal derivados de decisiones tomadas por la unidad como despidos, reducción de salarios y prestaciones, cómputo de años de trabajo, etc. , a cargo de la unidad.

Si una parte no puede recopilar pruebas por sí sola debido a razones objetivas, puede solicitar al comité de arbitraje una investigación y recopilación de pruebas.

El comité de arbitraje tiene derecho a inspeccionar los expedientes del caso, la información y los materiales de apoyo relacionados con el caso de las unidades pertinentes, e investigar a los testigos.

Las unidades y personas pertinentes no se negarán. 14. Los artículos 23 y 24 se fusionan en el artículo 25 y se modifican para que diga: Si ambas partes acuerdan llegar a un acuerdo a través de la mediación, el acuerdo de mediación será firmado o sellado por ambas partes y el árbitro, y será confirmado por el comité de arbitraje. Después de eso, tiene efectos legales.

Si las partes solicitan una carta de mediación, el comité de arbitraje preparará una carta de mediación y la enviará a las partes. Si las partes se niegan a aceptar el acuerdo de mediación, la validez del acuerdo de mediación no se verá afectada.

Si no se llega a un acuerdo a través de la mediación, el tribunal arbitral dictará sentencia oportunamente. 15. Suprímase el segundo párrafo del artículo 26. 16. Agregar el artículo 33: Si las partes no están satisfechas con el laudo arbitral, podrán presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los 05 días siguientes a la fecha de recepción del laudo, si no se presenta ninguna demanda dentro del plazo, el laudo será; llegar a ser jurídicamente eficaz. Diecisiete. Se adiciona el artículo 34: Las partes deberán cumplir con los documentos de mediación y adjudicación legalmente eficaces. Si una de las partes se niega a cumplir, la otra parte puede solicitar al Tribunal Popular la ejecución obligatoria.

Además, se ha modificado la expresión y el texto de algunas cláusulas, ajustándose en consecuencia el orden de las mismas.

Esta decisión entrará en vigor el 6 de febrero de 2006.

Las "Medidas de arbitraje de disputas sobre el personal de la ciudad de Xuzhou" se revisarán en consecuencia y se volverán a anunciar en función de esta decisión.