¿Cuáles son las infracciones de derechos de autor en la industria publicitaria?
1. Copiar y distribuir obras escritas, música, películas, obras de televisión, videos, software de computadora y otras obras sin el permiso del propietario de los derechos de autor.
Sin el permiso del propietario de los derechos de autor significa sin el consentimiento del propietario de los derechos de autor. El titular de los derechos de autor generalmente se refiere al autor, pero también pueden ser otros ciudadanos, personas jurídicas o entidades no constituidas en sociedad que disfruten de los derechos de autor de conformidad con la ley. Según la Ley de Derecho de Autor, las obras alojadas, creadas en nombre de y realizadas por una persona jurídica o una unidad no constituida en sociedad se consideran autores y disfrutan de los derechos de autor de una obra derivada, y los derechos de autor de una obra derivada los disfruta el intérprete; un trabajo colaborativo es disfrutado por los coautores. Si la obra puede utilizarse sola o independientemente, el autor puede disfrutar solo de los derechos de autor. Autores como directores, guionistas, letras, compositores y fotógrafos de obras de cine, televisión y vídeo tienen el derecho de firma, mientras que los productores disfrutan de otros derechos de autor. Si el guión y la música se pueden utilizar de forma independiente, sus autores tienen derecho a ejercer sus derechos de autor de forma independiente. Cualquiera que utilice sus obras sin el consentimiento de las personas mencionadas anteriormente actúa sin el permiso del propietario de los derechos de autor.
Según el Reglamento de Desarrollo de la Ley de Derecho de Autor, copia se refiere al acto de producir una o más copias de una obra mediante impresión, copia, copia, frotamiento, grabación, videograbación, copia, etc. La distribución se refiere a proporcionar una cierta cantidad de copias de una obra al público mediante venta o arrendamiento para satisfacer las necesidades razonables del público. Según este artículo, la reproducción y la distribución en su conjunto están estrechamente relacionadas y deben concurrir al mismo tiempo para constituir el delito de infracción de derechos de autor. Si solo posee uno de ellos, no entra en la categoría de infracción de derechos de autor. Por supuesto, es un * * * delito que diferentes actores conspiren de antemano para copiarlo y distribuirlo por separado, y aún así puede constituir un delito de infracción de derechos de autor.
2. El acto de publicar libros sobre los cuales otros tienen derechos exclusivos de publicación. Publicar se refiere al acto de editar y procesar una obra y luego copiarla al público. La publicación es en realidad un tipo especial de distribución de reproducción. Las editoriales que publican libros generalmente necesitan obtener autorización del propietario de los derechos de autor para obtener los derechos exclusivos de publicación de sus obras. El derecho exclusivo de publicación se refiere al derecho exclusivo del editor de producir y distribuir la obra entregada por el propietario de los derechos de autor en forma de copias originales o modificadas en el momento y lugar acordados en el contrato. Es un derecho importante relacionado con los derechos de autor y es exclusivo. No puede ser ejercido por otros, de lo contrario constituirá una infracción.
3. Copiar y distribuir los productos de audio y vídeo producidos sin el permiso del productor. Se trata de una infracción de los derechos conexos de la obra del productor. Un camarógrafo es una persona que realiza grabaciones audiovisuales. Debido a que no sólo invirtieron una cierta cantidad de mano de obra, recursos materiales y financieros, sino que también realizaron un trabajo original considerable, también tienen derecho a permitir que otros copien y distribuyan sus productos de audio y video de acuerdo con la ley. Si otros copian y distribuyen productos audiovisuales sin permiso, es, por supuesto, una infracción de sus derechos.
4. El acto de falsificar la firma de otros para producir y vender obras de arte es un acto de obtención de ganancias ilegales en nombre de otros. No sólo infringe los derechos personales de otros (principalmente el derecho de autoría), sino que también afecta inevitablemente las ventas de obras artísticas de otras personas, infringiendo así indirectamente los derechos de propiedad de otros. Al mismo tiempo, este tipo de comportamiento también engaña al público, es bastante perjudicial para el orden del mercado cultural de nuestro país y debe ser castigado.
Objeto del delito:
El objeto del delito de infracción de derechos de autor son las obras, libros, productos audiovisuales y obras de arte ajenos con firmas falsificadas. Las llamadas obras se refieren a logros intelectuales en la literatura, el arte, la ciencia y otros aspectos que las personas utilizan para expresar sus pensamientos y sentimientos. Según el artículo 3 de la Ley de Derecho de Autor, las obras incluyen las siguientes obras de literatura, arte, ciencias naturales, ciencias sociales y tecnología de la ingeniería:
(1) Obras literarias;
(2) ) ) Obras orales;
(3) Obras de música, teatro, arte popular y danza;
(4) Obras de arte y fotografía;
(5 ) Películas, trabajos de televisión y vídeo;
(6) Dibujos de diseño de ingeniería y diseño de productos y sus descripciones;
(7) Mapas, esquemas y otros trabajos gráficos;
( 8) Software de computación;
(9) Otros trabajos previstos en leyes y reglamentos administrativos. Libros se refiere a libros y publicaciones periódicas cuyas obras han sido editadas, procesadas, formateadas y cubiertas por editoriales, y luego tipografiadas, impresas y encuadernadas para su distribución. Los productos audiovisuales se refieren a cualquier grabación original con sonido o cualquier grabación original con o sin imágenes continuas relacionadas, distintas de las obras cinematográficas, televisivas y de vídeo. Las obras artísticas firmadas por otros se refieren a obras artísticas producidas por uno mismo o firmadas por otros. Si el objeto de la infracción no se encuentra dentro del ámbito anterior, no constituye un delito de infracción de derechos de autor.
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