¿Cuántos días de baja por maternidad hay para 2022?
El período de licencia por aborto estipulado por el Estado es el siguiente:
1. Las empleadas que hayan tenido un aborto espontáneo durante menos de cuatro meses, incluido el aborto artificial, disfrutarán de no menos. de dos semanas de baja por maternidad;
2. Después de cuatro meses de embarazo, incluido el aborto, disfrutará de no menos de seis semanas de baja por maternidad. Las empleadas tienen derecho a prestaciones de maternidad durante su licencia de maternidad, que son pagadas por el fondo del seguro de maternidad en función del salario mensual medio del empleador para las empleadas durante el año anterior.
Para disfrutar del seguro de maternidad es necesario cumplir las siguientes condiciones:
1. Cumplir con la política nacional de planificación familiar o implementar una cirugía de planificación familiar. La unidad participa para los empleados de acuerdo con la normativa. Seguro de maternidad y pagando la prima del seguro de maternidad en su totalidad durante más de un año.
Base legal:
Artículo 6 del "Reglamento Especial sobre Protección Laboral de las Empleadas" Si una empleada no puede adaptarse al trabajo original durante el embarazo, el empleador deberá reducir su trabajo. basándose en el certificado de la institución médica. Medir u organizar otros trabajos que puedan adaptarse. Para las empleadas que estén embarazadas de más de siete meses, el empleador no ampliará la jornada laboral ni organizará turnos nocturnos, y deberá disponer de un determinado período de descanso durante la jornada laboral. Si una empleada embarazada se somete a control prenatal durante el horario laboral, el tiempo requerido se incluirá en el horario laboral.
El artículo 8, párrafo 1, del "Reglamento sobre la protección laboral de las empleadas" estipula: "Si una empleada sufre un embarazo y un aborto espontáneo, su empleador le concederá un período determinado de licencia de maternidad basado en un certificado del departamento médico."
Las normas generales son las siguientes:
1. Las empleadas disfrutan de 98 días de licencia de maternidad, de los cuales 15 días pueden disfrutarse antes del parto;
2. Para partos difíciles, se agregarán 15 días de licencia de maternidad adicional;
3. Para partos múltiples, la licencia de maternidad se incrementará en 15 días por cada bebé adicional;
4. Las que tengan menos de 4 meses de embarazo, disfrutarán de 15 días de licencia por maternidad;
5. Quienes sufran un aborto espontáneo después de los 4 meses de embarazo, tendrán derecho a ella. 42 días de licencia de maternidad;
6. La licencia de maternidad tardía será implementada por cada provincia, región autónoma y municipio directamente dependiente del Gobierno Central de acuerdo con las disposiciones de las normas provinciales de planificación familiar.