Red de Respuestas Legales - Consulta de información - El jardín de infancia ha sido cancelado y el contrato laboral del maestro aún no ha expirado. ¿Sabes cómo nos compensará el jardín de infancia?

El jardín de infancia ha sido cancelado y el contrato laboral del maestro aún no ha expirado. ¿Sabes cómo nos compensará el jardín de infancia?

Cuando el empleador quiere rescindir el contrato de trabajo antes de su vencimiento, suelen darse las siguientes situaciones:

1. El empleador no tiene motivo legal para terminar la relación laboral con el empleado, y el empleado no la tiene. el requisito trigésimo de la Ley de Contrato de Trabajo Las circunstancias señaladas en el artículo 9. Se puede determinar que la conducta del empleador constituye terminación ilegal del contrato de trabajo según lo estipula el artículo 87 de la Ley de Contrato de Trabajo, debiendo pagarse una indemnización, es decir, dos meses de salario por cada año de trabajo; p>

2. Si el empleador termina la relación laboral con el trabajador de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del “Reglamento para la Aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo” y cumple con lo dispuesto en el artículo 46 de la “Ley del Trabajo”. Ley de Contrato de Trabajo", le pagará una compensación económica, es decir, por cada año de trabajo se le pagará un mes de salario; según el artículo 40 de la "Ley de Contrato de Trabajo", si no se avisa al trabajador con un mes de antelación, se le en lugar de preaviso se pagará el salario mensual;

3. Los empleados tienen las circunstancias previstas en el artículo 39 de la Ley de Contrato de Trabajo. Si el empleador propone terminar la relación laboral, no necesita pagar ninguna compensación financiera ni dar aviso previo; el empleador está obligado a proporcionar evidencia y notificar al empleado por escrito de la terminación de la relación laboral.

Conocimiento de las leyes y normas pertinentes:

Ley de Contrato de Trabajo

Artículo 39 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo:

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(1) Durante el período de prueba, se demuestra que no cumple con las condiciones laborales;

(2) Viola gravemente las normas y reglamentos del empleador;

(3) Incumplimiento grave del deber o mala praxis para beneficio personal, causando daño importante al empleador;

(4) El empleado establece relaciones laborales con otros empleadores al mismo tiempo, que afecte gravemente la realización de las tareas laborales del empleador, o el empleador se niegue a hacerlo por no realizar correcciones (5) El contrato de trabajo es inválido debido a las circunstancias especificadas en el artículo 26, párrafo 1, punto 1 del presente; Ley; (6) Ser investigado de conformidad con la ley;

Artículo 40 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo previa notificación escrita al trabajador con 30 días de antelación o pagando al trabajador un mes adicional de salario:

( 1) El empleado está enfermo o lesionado no debido al trabajo, y después de que expira el período de tratamiento médico prescrito, no puede realizar el trabajo original u otros trabajos organizados por el empleador;

(2) Obreros El empleado es incompetente para el trabajo y aún no puede realizar el trabajo después de recibir capacitación o ajustar el puesto;

(3) Las circunstancias objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo han sufrido cambios importantes, lo que resulta en la incumplimiento del contrato de trabajo. Los trabajadores no pueden llegar a un acuerdo para cambiar el contenido del contrato de trabajo mediante negociación.

Artículo 46 Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador deberá pagar una compensación económica al trabajador:

(1) El trabajador deberá pagar una compensación de conformidad con el artículo 38 de esta Ley Prever la terminación del contrato de trabajo;

(2) El empleador propone rescindir el contrato de trabajo con el empleado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de esta Ley, y negocia con el empleado para rescindir el contrato de trabajo;

(3) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de esta Ley;

(4) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41, párrafo 1 de este Contrato Ley;

(5) A menos que el empleador mantenga o renueve el contrato de trabajo mejorando las condiciones pactadas en el contrato de trabajo, y el empleado no esté de acuerdo con las renovación, de conformidad con el artículo 44, párrafo 1 de esta Ley, Disposiciones para la terminación de los contratos de trabajo de duración determinada;

(6) Terminación de los contratos de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, incisos 4 y 5 de esta Ley;

(7) Las demás situaciones que establezcan las leyes y reglamentos administrativos.

Artículo 47 La compensación económica se pagará en función del número de años que el trabajador haya trabajado en la unidad, y un mes de salario por cada año completo. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario.

Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio local de los empleados anunciado por el gobierno popular del municipio o ciudad distrital donde está ubicado el empleador, el estándar de compensación económica pagada al empleado será el salario promedio mensual del trabajador 3 veces, y el plazo máximo para pagar la compensación económica a los trabajadores no excederá de 12 años.

El salario mensual mencionado en este artículo se refiere al salario promedio del trabajador en los doce meses anteriores a la extinción o extinción del contrato de trabajo.

Artículo 87 Si el empleador viola las disposiciones de esta Ley al rescindir o rescindir el contrato de trabajo, deberá pagar una indemnización al trabajador equivalente al doble de la norma de compensación económica prevista en el artículo 47 de esta Ley.

Reglamento para la Aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo

Artículo 19 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo de duración determinada, rescindir el contrato de trabajo sin plazo fijo- contrato de trabajo a término o contrato de trabajo con un plazo basado en la realización de determinadas tareas laborales:

(1) El empleador y el empleado negocian y llegan a un acuerdo;

(2) El el empleado se encuentra dentro del período de prueba Aquellos que se demuestre que no cumplen con las condiciones laborales;

(3) El empleado viola gravemente las normas y reglamentos del empleador;

(4) El el empleado descuida gravemente su deber, incurre en mala praxis y será responsable ante el empleador causando graves daños;

(5) El trabajador establece relaciones laborales con otros empleadores al mismo tiempo, causando graves impactos en el negocio. finalización de las tareas laborales de la unidad, o se niega a hacer correcciones después de lo propuesto por el empleador;

(6) El empleado concluye o cambia el contrato de trabajo en contra de su verdadera intención mediante fraude, coerción o aprovechamiento del peligro de otros;

(7) El empleado es penalmente responsable de acuerdo con la ley.

(8) El empleado está enfermo o lesionado no debido al trabajo y no puede trabajar; en el trabajo original después de que expire el período de tratamiento médico prescrito, ni puede realizar trabajos organizados por separado por el empleador;

(9) El empleado es incompetente para el trabajo y aún no puede realizarlo después formación o ajuste de su puesto de trabajo;

(10) Las circunstancias objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo han sufrido cambios importantes, invalidando el cumplimiento del contrato de trabajo, el empleador y el empleado no pueden llegar a un acuerdo al respecto. cambiar el contenido del contrato laboral después de la negociación;

(11) El empleador lleva a cabo una reorganización de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Quiebras Empresariales;

(12) El empleador enfrenta graves dificultades en la producción y operación;

(13) La empresa sufre cambios en la producción, importantes innovaciones tecnológicas o ajustes en los métodos comerciales, y aún es necesario despedir empleados después de cambiar el contrato laboral;

(14) Hay otros cambios importantes en las condiciones económicas objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo, que imposibilitan su ejecución. ?