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¿Puede un abogado enterarse del caso a través de la oficina de seguridad pública?

Está bien que un abogado defensor conozca el caso a través de los órganos de seguridad pública. Un abogado defensor estipulado en las leyes de nuestro país tiene derecho a defender y conocer el caso. En la etapa penal, si se trata de una investigación, entonces es necesario informarse a los órganos de seguridad pública. Después de todo, los materiales están en manos de los órganos de seguridad pública.

1. ¿Está bien que un abogado defensor solicite a los órganos de seguridad pública los detalles del caso? Definitivamente es útil contratar a un abogado defensor penal. Las causas penales se dividen en tres etapas: etapa de investigación de seguridad pública, etapa de revisión y procesamiento por parte de la fiscalía y etapa de juicio judicial. No importa de qué delito se sospeche al cliente, siempre que no haya sido condenado por un tribunal, no se le puede llamar criminal y no habrá antecedentes penales. Por lo tanto, el mejor momento para que intervenga un abogado es durante el proceso. Etapa de investigación de seguridad pública, porque en esta etapa los órganos de seguridad pública no permiten la liberación de familiares o parientes. Cuando los familiares visitan, solo el abogado puede ver al cliente. Además, cuanto antes se encomiende un caso penal a un abogado, mejor será para la tramitación final del caso. Lo mejor es confiar la intervención de un abogado durante la fase de investigación o tan pronto como se apliquen medidas coercitivas a una persona (detención). Con la intervención de un abogado se puede entender el caso antes, porque su confesión aún no se ha formado, y el abogado puede recordarle qué decir y decirle lo que le perjudica. Además, la intervención de abogados puede evitar efectivamente la tortura y la extorsión de confesiones. Sin la intervención de abogados, la mayoría de las personas serán torturadas durante la etapa de investigación y detención. Si tiene un abogado, puede decírselo y el abogado puede presentar una denuncia por él.

2. ¿Cuál es la base legal? Artículo 36 de la Ley de Procedimiento Penal: Los abogados defensores pueden brindar asistencia jurídica a los sospechosos de delitos durante la investigación; La agencia aprende sobre los presuntos delitos del sospechoso y las circunstancias relevantes del caso y presenta opiniones. Artículo 37 Los abogados defensores podrán reunirse y comunicarse con los sospechosos de delitos y los acusados ​​bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular. Si un abogado defensor solicita reunirse con un sospechoso de un delito o acusado bajo custodia con un certificado de ejercicio de abogado, certificación de bufete de abogados y poder notarial, o una carta oficial de asistencia jurídica, el centro de detención deberá organizar la reunión de manera oportuna, a más tardar de cuarenta y ocho horas. En los casos de delitos que ponen en peligro la seguridad nacional, delitos de actividades terroristas y, en particular, delitos graves de soborno, los abogados defensores deben obtener permiso de la agencia de investigación para reunirse con los sospechosos de delitos bajo custodia durante la investigación. En los casos antes mencionados, el organismo de investigación notificará al centro de detención con antelación. Los abogados defensores pueden reunirse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia para conocer las circunstancias pertinentes del caso a partir de la fecha en que el caso se transfiere para su revisión y enjuiciamiento, y pueden verificar las pruebas pertinentes con el sospechoso o acusado de delitos. Los abogados defensores no son objeto de seguimiento cuando se reúnen con sospechosos o acusados ​​de delitos. Cuando los abogados defensores se reúnan y se comuniquen con sospechosos de delitos o acusados ​​que se encuentren bajo vigilancia domiciliaria, se aplicarán las disposiciones de los apartados 1, 3 y 4. Para hechos delictivos generales en nuestro país formula principalmente tres etapas. La primera etapa es la etapa de investigación, la etapa de investigación está a cargo de los órganos de seguridad pública, por lo que si se contrata a un defensor en este momento. La comprensión de la situación del caso se realiza desde la perspectiva del organismo de seguridad pública.